Resolución 247 EXENTA
Resolución 247 EXENTA MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 811 EXENTA (V. Y U.), DE 2024, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS EN LAS COMUNAS DE LA REGIÓN QUE INDICA; Y APRUEBA PROYECTOS CALIFICADOS AL CIERRE DEL 19 DICIEMBRE DE 2024
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Promulgación: 19-DIC-2024
Publicación: 24-FEB-2025
Versión: Única - 24-FEB-2025
MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 811 EXENTA (V. Y U.), DE 2024, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS EN LAS COMUNAS DE LA REGIÓN QUE INDICA; Y APRUEBA PROYECTOS CALIFICADOS AL CIERRE DEL 19 DICIEMBRE DE 2024
Santiago, 14 de febrero de 2025.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 247 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta Nº 2.142 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2023, que autoriza llamados a postulación para subsidios habitacionales en sistemas y programas que indica, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49, (V. y U.) de 2011;
c) La resolución exenta Nº 811 (V. y U.), de fecha 7 de junio de 2024, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las comunas de la región Metropolitana que indica;
d) La resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
e) La resolución exenta Nº 490 (V. y U.), de 2023, que fija regulación para la prestación del servicio de Fiscalización Técnica de Obras, y
Considerando:
a) Que, mediante la resolución señalada en el visto c), se llamó a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en la alternativa de postulación colectiva, para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos que cuenten con Certificado de Proyecto Calificado, en las siguientes zonas de la Región Metropolitana: comunas de Alhué, Buin, Calera de Tango, Colina, Curacaví, El Monte, Isla de Maipo, Lampa, María Pinto, Melipilla, Padre Hurtado, Paine, Peñaflor, Pirque, San José de Maipo, San Pedro, Talagante, Tiltil y el área urbana correspondiente a la localidad de Lo Herrera de la comuna de San Bernardo, considerada desde eje vial existente denominado Eliodoro Yáñez, entre el camino El Barrancón al poniente y la autopista Central al oriente concurso a proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las comunas de Alhué, Buin, Calera de Tango, Colina, Curacaví, El Monte, Isla de Maipo, Lampa, María Pinto, Melipilla, Padre Hurtado, Paine, Peñaflor, Pirque, San José de Maipo, San Pedro. Los cierres del respectivo llamado serían los días 27 de junio, 8 de agosto, 10 de octubre, 26 de noviembre y 19 de diciembre de 2024;
b) Que, conforme al procedimiento establecido en el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, corresponde aprobar la selección del llamado a que se convocó mediante la resolución indicada en el visto c) para los proyectos que se encontraban calificados en forma condicional o definitivo al 19 de diciembre de 2024;
c) Que, es necesario ajustar los recursos dispuestos en el Llamado convocado mediante la resolución citada en el visto c) en orden de atender toda la demanda presentada al cierre señalado precedentemente, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase el Resuelvo 2 de la resolución exenta Nº 811 (V. y U.), de 2024, en el sentido de reemplazar el guarismo "600.000" por "1.312.071,37".
2. Apruébase la siguiente selección de familias, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para los proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos que se indican a continuación, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se verificó el día 19 de diciembre de 2024, del llamado efectuado por resolución exenta Nº 811 (V. y U.), de 2024:

El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios para los proyectos seleccionados en el presente resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
3. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del resuelvo 2. de esta resolución comprende los siguientes valores por concepto de Servicios de Asistencia Técnica, de Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:

Dichos montos fueron calculados conforme a las resoluciones mencionadas en los vistos d) y e):
i. En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, de acuerdo con el número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para Asistencia Técnica descritos en las tablas insertas en los números 1.1 y 1.2 del numeral 1 del artículo 3º de la resolución citada en visto d). Se adiciona además 1,5 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del citado artículo. Este monto también incorpora los incrementos señalados en las letras a), b), c) y d) del numeral 3 del mismo artículo, referidos a Densificación en Altura o Habilitación, Factibilización, Discapacidad, Territorios Especiales y Localidades Aisladas, conforme lo define la referida resolución citada en visto d);
ii. En el caso de la Fiscalización Técnica de Obras, de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto y según mecanismo expresado en la letra d, numeral III, del primer resuelvo de la resolución citada en el visto e).
Mediante resolución del Director del Servicio de Vivienda y Urbanización respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras e), g), h), i), j) y k) del número 3 de su artículo 3º, o cuando corresponda aplicar lo señalado en el inciso 2 del número 8 de su artículo 2º.
4. Los recursos comprometidos en el resuelvo 2. de la presente resolución, para los proyectos seleccionados en el llamado dispuesto por resolución e xenta Nº 811 (V. y U.), de 2024, se resumen en el siguiente cuadro, incluyendo la suma total de familias beneficiadas, las Unidades de Fomento comprometidas, incluidos sus respectivos Servicios de Asistencia Técnica, Fiscalización Técnica de Obras y aranceles del Conservador de Bienes Raíces y, el saldo de recursos incluyendo procesos de selección anteriores:

Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 24-FEB-2025
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24-FEB-2025 |
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