Acerca de Ley Chile

Acerca de Ley Chile

1.- Qué es Ley Chile

Es un Servicio proporcionado por la Sección Ley Chile del Departamento de Servicios Legislativos y Documentales de la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), que contiene el sistema de información jurídico-legislativo.

Sus objetivos son contribuir al conocimiento del derecho, la certeza jurídica, transparencia y democratización de la información, y además, servir como herramienta eficaz para el proceso legislativo y para los organismos responsables de la elaboración de normas jurídicas.

Por medio de Ley Chile se entrega acceso libre a los textos actualizados, en sus distintas versiones, de las normas que conforman el ordenamiento jurídico nacional, y a otros contenidos relevantes relacionados, tales como Historia de la Ley, Ley Fácil, Proyectos de Ley en trámite, Jurisprudencia y sitios externos como Chile Atiende.


2.- Nuestro Compromiso

Con la finalidad de garantizar estándares de calidad y proporcionar un servicio de excelencia, nuestro propósito es ofrecer a los usuarios la completitud de los textos de las normas jurídicas y de la información jurídica-legislativa relevante, propendiendo a que el contenido se encuentre libre de errores y resguardando su fidelidad con la fuente.

Las normas jurídicas contenidas en el sistema Ley Chile son analizadas, ingresadas y actualizadas diariamente una vez que son publicadas en el Diario Oficial, debiendo quedar los textos originales disponibles a más tardar el día hábil laboral siguiente al de su publicación y, los textos actualizados durante el día hábil laboral de publicación de la norma modificatoria.

Este compromiso se hace extensivo al producto del Servicio de Respuesta a consultas de usuarios ciudadanos, el que debe ser completo, fiel y coherente con la inquietud formulada.

3.- Principios y atributos

Se trata de un sistema que cumple con los más modernos estándares de procesamiento de información jurídico-legislativo, lo cual permite su integración con otros organismos del Estado, lo que se enmarca en los principios generales para una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos, y con el deber de coordinación que pesa sobre toda organización administrativa.

Para un adecuado manejo y procesamiento de la información, este sistema se sustenta en los siguientes principios:

  • 1.- Acceso universal: Todas las personas, nacionales y extranjeros, pueden acceder libremente y de manera fácil a sus contenidos.
  • 2.- Acceso gratuito: Consultas y descargas sin costo.
  • 3.- Servicio continuo: Disponibilidad 24/7.
  • 4.- Apertura de datos (open data) y datos abiertos enlazados (open linked data): Sus contenidos se encuentran disponibles para ser usados, reusados, redistribuidos y enlazados.
  • 5.- Calidad: Los procesos de Ley Chile se encuentran certificados desde el año 2010 bajo la norma de calidad ISO 9001:2015, permitiendo dar garantías de un proceso controlado en su ejecución.
  • 6.- Interoperabilidad: Capacidad de entregar y/o recuperar su información y la de otros sistemas y bases de datos, a partir de la relación establecida entre los contenidos. Para lograrlo, su estructura adhiere a los principales estándares comunes propuestos y/o gestionados por la World Wide Web Consortium (W3C): lenguaje XML (Extensible Markup Language) y protocolos de intercambio basados en Web Services. Los esquemas de intercambio han sido definidos y se encuentra publicados.
  • 7.- Integración: El sistema se constituye en una plataforma abierta e integrada de servicios de contenido jurídico basados en web, que permite administrar y consultar en forma segura, confiable y fidedigna los textos legales y otros documentos de interés para los actores del proceso legislativo, tales como Historia de la Ley, Ley Fácil, proyectos de ley, jurisprudencia constitucional, administrativa (dictámenes de la Contraloría y Dirección del Trabajo) y judicial (interoperabilidad en desarrollo), y doctrina (en desarrollo).
  • 8.- Sitio Responsivo: Optimizado para distintos tipos/tamaños de pantalla.
  • 9- Seguridad de la Información: Implementación del protocolo HTTPS, que genera un canal de comunicación seguro entre el servidor y el usuario.

4.- Historia

Desde la primera mitad del siglo pasado, la BCN ha estado involucrada en la recopilación, indexación y publicación de las normas jurídicas, primeramente, en formato papel a través de ficheros, en los que se registraba la identificación de las normas y sus modificaciones.

Estos contenidos constituyen la base de la plataforma virtual iniciada en 1985, con la creación del Banco de Datos Jurídicos de la BCN, establecido por el artículo 93 de la Ley 18.681, el que se componía de tres bases de datos independientes: BDTO (textos originales), BDTA (textos actualizados) y BDIM (Índice de Modificaciones). Dicho sistema operaba bajo arquitectura Main Frame y se accedía por medio de terminales al que tenía acceso personal especialmente capacitado para recuperar su información.

El año 1995, la BCN migra estos contenidos a un Sistema cliente-servidor, bajo una estructura de base de datos relacional, comenzado así una etapa de revisión y poblamiento masivo. Prontamente, en 1998, se desarrolla la primera interfaz web de consulta con acceso limitado.

A partir de su alta exposición y la aparición de nuevos requerimientos, en el año 2005, se diseñó la actual plataforma, la que entró en completa operación en el año 2009. Este proceso, además de adoptar los estándares de la época, contempló la participación y colaboración transversal de profesionales y funcionarios del Congreso Nacional, abogados, jueces, académicos e instituciones del ámbito jurídico.

En el año 2020, Ley Chile presenta una nueva versión, orientada en mantener un servicio de calidad que responda a las nuevas necesidades y exigencias de nuestros legisladores, operadores jurídicos y ciudadanía en general, tanto en la consulta de la normativa nacional, como en la recuperación de la información jurídica-legislativa. Para dicho objetivo se desarrolla e implementa un sitio responsivo optimizado para distintos tipos y tamaños de pantallas y con importantes mejoras, con énfasis en tres dimensiones: interfaz, alta disponibilidad y seguridad de la información.


5.- Fuentes de sus contenidos

El sistema reconoce como fuente oficial al Diario Oficial de la República de Chile, con quien existe un convenio de colaboración.

Asimismo, se incluyen como fuentes el Boletín de Leyes y Decretos del Gobierno; Diario El Araucano, Diario El Ferrocarril, Recopilación de Leyes y Reglamentos de la Contraloría General de la República, y otras en las que se publicaban normas antes de la creación del Diario Oficial.

También se consideran aquellas normas de origen ministerial que son de su interés, pero que no han sido publicadas.


6.- Tipos de normas disponibles

Constitución Política de la República Ley fundamental de la República, con rango superior al resto de las leyes y a la que deben conformarse las leyes y actos administrativos. En ella se define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política.
Tratados Internacionales Acuerdos suscritos entre dos o más sujetos de Derecho Internacional Público, cuyo contenido es jurídicamente vinculante, y que se rigen por las normas del Derecho Internacional. Actualmente, se contienen en Decretos Supremos; sin embargo, a lo largo de la historia de Chile, existen tratados contenidos en leyes, decretos leyes y decretos con fuerza de ley.
Ley

Es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite.

De acuerdo al quorum que se requiere para aprobar, modificar o derogar las leyes, se distinguen:

  • 1) Ley que interpreta preceptos constitucionales: requiere de los 4/7 de diputadas y diputados y de senadoras y senadores en ejercicio;
  • 2) Ley orgánica constitucional: requiere de los 4/7 de diputadas y diputados y de senadoras y senadores en ejercicio;
  • 3) Ley de quorum calificado: requieren de la mayoría absoluta de diputadas y diputados y de senadoras y senadores en ejercicio;
  • 4) Leyes de quorum simple: requieren de la mayoría de los miembros presentes en la Cámara de Diputadas y Diputados y en el Senado;
  • 5) Leyes simples: requieren de la mayoría de las diputadas y diputados y de senadoras y senadores presentes;
Decreto Ley Normas jurídicas de rango legal que se dictan por gobiernos de facto o en períodos de anormalidad constitucional, sin que medie intervención del Parlamento. En Chile han existido durante los siguientes periodos: 1924-1925, 1932 y 1973 a 1980.
Decreto con Fuerza de Ley Normas jurídicas de rango legal, dictadas por el Presidente de la República en virtud de una autorización que le es conferida por el Congreso Nacional a través de una ley, en aquellas materias que establece la Constitución (Art. 64). Constituyen igualmente Decretos con Fuerza de Ley los textos refundidos, coordinados y sistematizados de las leyes, que el Presidente de la República está facultado para dictar en uso de la facultad que el inciso 5º del referido Art. 64 de la Constitución le confiere.
Código Texto legal que contiene, debidamente agrupadas y sistematizadas, el total o la mayoría de las reglas jurídicas de una rama del derecho vigente. A lo largo de la historia, los códigos se han insertado en el ordenamiento jurídico bajo la forma de leyes, decretos leyes, decretos con fuerza de ley, decretos.
Decreto Mandato escrito, emitido por la autoridad administrativa en ejercicio de sus atribuciones, con las formalidades que establece el ordenamiento jurídico. Toma el nombre de Decreto Supremo cuando emana del Presidente de la República, a través de un Ministerio de Estado y con la firma del respectivo Ministro. Su alcance puede ser particular o general, caso en el que toma el nombre de Reglamento o Decreto Reglamentario.
Resolución Mandato escrito emanado de los jefes de los servicios públicos, en el ámbito de su competencia, con el objeto de velar por el buen funcionamiento de los mismos.
Acuerdo Pronunciamiento de un determinado organismo colegiado sobre una materia de su competencia. Son organismos colegiados que dictan acuerdos el Banco Central, la Comisión Chilena del Cobre, la Comisión Clasificadora de Riesgo, entre otros.
Auto Acordado Mandato escrito emanado de los Tribunales Superiores de Justicia (Corte Suprema, Cortes de Apelaciones) con el objeto de tender a una mejor administración de la misma. Además, existen otros organismos que dictan Auto Acordados: Tribunal Constitucional, Tribunal Calificador de Elecciones, etc.
Ordenanza Normas jurídicas de naturaleza reglamentaria, que regulan materias de gobierno y administración comunal, emanadas de las Municipalidades. Excepcionalmente se le da el nombre de Ordenanza a disposiciones reglamentarias de alcance nacional, como la "Ordenanza de Aduanas", o la "Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones".
Aviso Noticia o advertencia, normalmente de breve extensión, por la que se pone en conocimiento de la comunidad la existencia de alguna determinación. Son ejemplo de avisos los que fijan los valores de la Unidad de Fomento (UF) o la Tasa de Interés Promedio (TIP), ambos emanados del Banco Central.
Instrucción Comunicación que dirige un funcionario público superior a un subordinado, por el que le da indicaciones acerca de la forma como debe ser aplicada una norma jurídica, o respecto de medidas que debe ejecutar o implementar para el mejor funcionamiento del servicio.
Circular Comunicación escrita dirigida por un funcionario público superior, que contiene instrucciones que afectan a un número indeterminado de personas, sean o no funcionarios, por ejemplo, aquellas que regulan la forma en que se debe hacer una presentación ante un Servicio, o la forma en que se debe completar formularios. Estas normas son dictadas frecuentemente por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Oficio Instrumento dirigido a destinatarios ciertos y determinados, para que den cumplimiento a las instrucciones que en él se contienen.
Certificado Norma en que un Ministro de Fe hace constar que un determinado organismo se ha pronunciado sobre una materia de su competencia y se da cuenta del contenido de la misma, por ejemplo, aquellas emanados del Banco Central.
Sentencia Resolución dictada por un tribunal en virtud de la cual se pronuncia respecto de una cuestión controvertida que ha sido sometida a su conocimiento y decisión, dentro de su competencia.
Notificación Acto por el que se comunica formalmente a su destinatario una determinada resolución, administrativa o judicial, la que a partir de ese momento produce sus efectos.
Orden Prescripción imperativa de omitir o ejecutar una determinada acción cualquiera sea su naturaleza.
Dictamen Opinión y juicio sobre una determinada materia o situación que emite el organismo llamado a conocer de ella, de oficio o a petición de algún interesado.
Sesión Reunión de los miembros que integran un organismo colegiado, con el fin de debatir y celebrar acuerdos en materias de su competencia.
Reunión Ordinaria / Reunión Extraordinaria Acuerdo/s sobre una determinada materia, adoptado en una reunión ordinaria o extraordinaria calificada como tal por el ente emisor.
Carta Circular Norma emanada de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras que imparten instrucciones administrativas e interpretaciones de las circulares, cuyo origen normalmente ha sido una consulta de una institución particular, pero cuya respuesta es pertinente de ser conocida por todas las demás instituciones fiscalizadas.
Telegrama Circular Comunicación emanada de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras a sus instituciones fiscalizadas.
Norma de Carácter General Norma impartida por entes fiscalizadores en temas de su competencia.
Bando Ordenanza o disposición reglamentaria que se publica en nombre de una autoridad civil o militar.
Reglamento Municipal Norma general obligatoria y permanente, relativa a materias de orden interno de la municipalidad.
Otro Publicación efectuada en fuente oficial que no se enmarca en algún tipo.

7.- Calidad

Con el propósito permanente de mejorar la gestión institucional con miras a cumplir con los requisitos de nuestros usuarios, desde el año 2010, los procesos de Ley Chile se encuentran certificados conforme a la norma ISO 9001:2015.

A partir de lo anterior, la BCN efectúa procesos de análisis y agregación de valor a la normativa que almacena y ofrece, con objetivos y procedimientos definidos, medibles y con trazabilidad observable en cada etapa del proceso. Los roles, responsabilidades, perfiles y competencias de quienes participan en los procesos se encuentran definidos. Asimismo, periódicamente, se recogen quejas y requerimientos de sus usuarios para prevenir, corregir y/o mejorar en forma continua.

Certificado ISO Icontec

Certificado ISO internacional IQNET


8.- Ley Chile en números (Estadísticas)

A la fecha, Ley Chile dispone de más de 0 normas completas de diversa jerarquía, de las cuales 0 corresponden a textos originales y 0 a normas con versiones.

Los registros de vinculaciones son alrededor de 0 y corresponden a modificaciones, derogaciones, textos refundidos y concordancias.

Durante el año 2023, Ley Chile registró un total de 34.745.336 sesiones anuales y 66.642.228 visitas a sus páginas, lo que significó -respecto de 2022- un aumento de 41.9% de páginas vistas. Asimismo, durante dicho período, sus usuarios descargaron 210.550 veces, normas identificadas como Constitución Política y Códigos de la República.


9.- Reconocimientos

Ley Chile ha destacado en distintos ámbitos de su servicio dirigido a contribuir con la labor legislativa y la difusión del derecho, como por ejemplo:

  • a) El Consejo para la Transparencia, en la Resolución 500 sobre Transparencia Activa, establece que Ley Chile opera como distribuidor del marco normativo actualizado en el cumplimiento del principio de transparencia activa, que obliga la Ley 20.285 de Acceso a la Información Pública.
  • b) El proyecto de ley que tiene por objeto entregar a la BCN la edición y publicación oficial de la Constitución Política de la República, los Códigos de la República, y la legislación nacional, en formato digital, actualmente en tramitación, Boletín 12595-07.
  • c) El Consejo de Modernización de la Labor Legislativa (2015) en su informe final, propone entre sus medidas para mejorar el proceso legislativo, dotar de oficialidad a la base de datos Ley Chile.
  • d) La Organisation for Economic Co-operation and Development (OECD) en año 2016 en su informe Regulatory Policy in Chile Government Capacity to Ensure High-Quality Regulation, destaca el rol y la contribución de la BCN, a través de Ley Chile, al poner a disposición del público una base de datos legal de forma actualizada, gratuita y vinculada a otras normas legales. Por otra parte, en el marco de las recomendaciones al Gobierno de Chile sobre el deber de consolidar los repositorios de regulaciones primarias y secundarias, el informe señala que Ley Chile podría asegurar, tanto a los reguladores y a las entidades reguladas, beneficiarse de un único repositorio que contiene los reglamentos jurídicamente vinculantes vigentes en Chile, lo que aumentaría la seguridad en el sistema.
  • e) El Centro de Estudios Públicos, en la publicación “Modernización en el acceso y uso de datos públicos en Chile”, de Jorge Fantuzzi M. y Francisco Larraín S inserta en el libro “Un Estado para la Ciudadanía Estudios para su modernización” destaca los aportes de la BCN y del sistema Ley Chile sobre esta materia.
  • f) En las cuentas públicas efectuadas por los Presidentes del Honorable Senado de la República y de la Cámara de Diputadas y Diputados se ha relevado el rol de Ley Chile, en especial en el año 2015, en la que el entonces Presidente del H. Senado, Sr. Patricio Walker la destacó como la base de datos legal más completa y consultada de Chile.

10.- Alianzas

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) ha suscrito una serie de convenios para su servicio Ley Chile, con el objeto de establecer alianzas de colaboración, destacando entre ellos:

A nivel nacional:

a) Diario Oficial de la República de Chile: A través de este convenio esta institución suministra a la BCN los textos de las normas jurídicas publicadas, mediante un sistema de interconectividad que garantiza su reproducción íntegra, para ser incorporados en Ley Chile.

b) Corte Suprema de Justicia: A través de este convenio se posibilita el acceso a las sentencias judiciales asociadas a una determinada ley, por medio de un sistema interoperable.

c) Ministerio Secretaría General de la Presidencia: A través de este convenio la BCN entregará los textos legales de Ley Chile con Firma Electrónica Avanzada, lo que permitirá dar certeza respecto de la integridad de su contenido.

d) Comisión para el Mercado Financiero (ex Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras): A través de este convenio se implementa un modelo de procesamiento externo que permite disponer en Ley Chile de la normativa que rige al sector.

e) Más de 90 convenios interinstitucionales mediante los cuales se otorga acceso a las normas jurídicas para el cumplimiento de la Ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y a la Circular 11 del Consejo para la Transparencia.

f) Tribunal Constitucional: A través de este convenio se posibilitará el acceso a las sentencias de este tribunal relacionadas con una determinada Ley, por medio de un sistema interoperable (En proceso de implementación).

g) Ministerio de Economía, Fomento y Turismo: Este convenio tiene por objeto generar un modelo de inteligencia artificial que permitirá detectar normas jurídicas que se encuentran tácitamente derogadas y otras relaciones entre normas, contribuyendo con ello a la certeza jurídica. (En proceso de implementación).

h) Con otros organismos: Superintendencia de Casinos de Juegos y la Dirección Nacional de Aduanas, A través de estos convenios se está desarrollando un modelo de poblamiento externo para dejar disponible en Ley Chile su respectiva normativa. (En proceso de implementación).

A nivel internacional:

a) La Real Academia Española: A través de este convenio permite integrar los contenidos de Ley Chile en el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, cuya versión en línea es una contribución para la comunidad jurídica hispanoparlante.

b) Organización Mundial de la Propiedad Intelectual: A través de este convenio de colaboración, permite que la base de datos legal de OMPI, Wipolex, cuente con la legislación chilena actualizada en materia de propiedad intelectual.

11.- Equipo de trabajo

Ley Chile lo conforma un equipo multidisciplinario de 10 profesionales, integrado por abogados, periodista, técnico jurídico y funcionarios de carrera, todos ellos especializados en investigación, análisis, procesamiento y referencia legal y legislativa, con sede en el edificio del Congreso Nacional en Valparaíso y Santiago de Chile.