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Ley 20529
- Encabezado
- TÍTULO I DEL SISTEMA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA, BÁSICA Y MEDIA
-
TÍTULO II DE LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
- Párrafo 1º Objeto, funciones y atribuciones
- Párrafo 2º De la evaluación de desempeño de los establecimientos educacionales y sostenedores
- Párrafo 3º De la ordenación de establecimientos
- Párrafo 4º De los efectos de la ordenación de los establecimientos educacionales subvencionados o que reciben aportes del Estado
- Párrafo 5° De las medidas especiales para los establecimientos educacionales de Desempeño Insuficiente
- Párrafo 6º De la organización de la Agencia
- Párrafo 7° Patrimonio de la Agencia
-
TÍTULO III DE LA SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN
- Párrafo 1º Objeto y atribuciones
- Párrafo 2º De la fiscalización
- Párrafo 3º De la rendición de cuenta pública del uso de los recursos
- Párrafo 4º De la atención de denuncias y reclamos
- Párrafo 5º De las infracciones y sanciones
- Párrafo 6º Del administrador provisional
- Párrafo 7º De la organización de la Superintendencia
- Párrafo 8º Del patrimonio
- TÍTULO IV DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
- TÍTULO V OTRAS NORMAS
- TÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES
- ARTÍCULOS TRANSITORIOS
- Promulgación
- Anexo Tribunal Constitucional
Ley 20529
SISTEMA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA, BÁSICA Y MEDIA Y SU FISCALIZACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 11-AGO-2011
Publicación: 27-AGO-2011
Versión: Intermedio - de 24-NOV-2017 a 24-ABR-2019
Materias: Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación, Fiscalización de la Calidad de la Educación, Calidad de la Educación, Ley no. 18.956, Ley no. 20.248, DFL no. 2, Ministerio de Educación, 1998, Ley no. 20.529
Resumen: Crea el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación, un conjunto de organismos que velarán por que s ... ver más >>
Art. 3 N° 1 a)
D.O. 08.06.2015l, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al desarrollo del país y se manifiesta por medio de la enseñanza formal o regular, de la enseñanza no formal y de la educación informal.
Art. 3 N° 1 b)
D.O. 08.06.2015mpre comprenderá los principios educativos de carácter integral.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Con Vigencia Diferida por Evento
De Las modificaciones introducidas a la presente norma por el Título VI de la ley 21.040 entrarán en vigencia desde la fecha del traspaso del servicio educacional al Servicio Local respectivo.
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Las modificaciones introducidas a la presente norma por el Título VI de la ley 21.040 entrarán en vigencia desde la fecha del traspaso del servicio educacional al Servicio Local respectivo. | |||
Última Versión
De 03-ENE-2025
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03-ENE-2025 | |||
Intermedio
De 22-DIC-2021
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Intermedio
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25-ABR-2019 | 21-DIC-2021 | ||
Intermedio
De 24-NOV-2017
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24-NOV-2017 | 24-ABR-2019 | ||
Intermedio
De 01-MAR-2016
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01-MAR-2016 | 23-NOV-2017 | ||
Intermedio
De 01-ENE-2016
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01-ENE-2016 | 29-FEB-2016 | ||
Intermedio
De 05-MAY-2015
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05-MAY-2015 | 31-DIC-2015 | ||
Intermedio
De 26-DIC-2014
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26-DIC-2014 | 04-MAY-2015 | ||
Intermedio
De 11-DIC-2012
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11-DIC-2012 | 25-DIC-2014 | ||
Texto Original
De 27-AGO-2011
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27-AGO-2011 | 10-DIC-2012 |