Decreto 255
Decreto 255 OTORGA CONCESION DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A CHILESAT S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES
OTORGA CONCESION DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A CHILESAT S.A.
Santiago, 16 de Septiembre de 1992.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 255.- Vistos:
a) La ley Nº 18.168 de 1982, y sus posteriores modificaciones, Ley General de Telecomunicaciones.
b) El decreto ley Nº 1.762 de 1977.
c) El artículo 1º de la ley Nº 16.436 de 1966.
d) El Nº 1 del artículo 3º, parráfo III de la resolución Nº 55 de 1992, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada.
b) Lo propuesto por la Subsecretaría de
Telecomunicaciones por oficio Ord. Nº 34.129 del 16.09.92.
Decreto:
1.- Otórgase a la empresa Chilesat S.A., persona jurídica de derecho privado, RUT. Nº 88.381.200-K, con domicilio en calle Morandé Nº 147, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, una concesión de servicio intermedio de telecomunicaciones, en los términos señalados en la letra c) del artículo 3º de la Ley 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, para que instale, opere y explote una red de cables de fibra óptica entre la ciudad de La Serena en la IV Región y la ciudad de Temuco, en la IX Región, y puntos intermedios, destinada a prestar funciones de transmisión a concesionarios de servicios de telecomunicaciones de libre recepción o de radiodifusión, de servicios públicos de telecomunicaciones, servicios limitados de televisión y servicios limitados, que sean necesarios para el complemento de sus respectivas concesiones o permisos.
El servicio intermedio concedido deberá cumplir con todas las obligaciones inherentes a los servicios que complemente y no podrá atender directamente a los usuarios o suscriptores de dichos servicios.
2.- Apruébase el proyecto técnico, base de la solicitud (SP-90/106), presentado por la concesionaria, en lo concerniente a los sistemas y equipos de telecomunicaciones que se instalarán, operarán y explotarán, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectivo quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
3.- Las características del proyecto técnico aprobado son las que se indican a continuación:
3.1. Cable de Fibra Optica
- Tipo de fibra : Monomodo.
- Atenuación : 0,35 a 0,45 db/Km.
- Dispersión cromática : 6 a 20 ps/nm.Km.
- Nº de fibras : 20.
3.2. Equipo Multiplexor
EN-6020 : 8 Mb/s
- Tributarios : 4.
- Capacidad : 4x2,048 Mb/s a 1x8,448
Mb/s.
- Canales telefónicos : 120.
- Código : HDB3.
NE-6030: 34 Mb/s
- Tributarios : 4.
- Capacidad : 4x8,448 Mb/s a 1x34,368
Mb/s.
- Canales telefónicos : 480.
- Código : HDB3.
NE-6040: 140 Mb/s
- Tributarios : 4.
- Capacidad : 4x34,368 Mb/s a 1x139,264
Mb/s.
- Canales telefónicos : 1920.
- Código : HDB3 y CMI.
NE-6058: 2-34 Mb/s
- Tributarios : 16.
- Capacidad : 16x2,048 Mb/s a 1x34,368
Mb/s.
- Canales telefónicos : 480.
- Código : HDB3.
3.3. Equipo Multiplexor Terminal de Línea
FD-5250:565 Mb/s
Interfaz eléctrica
- Velocidad digita l : 139,264 Mb/s.
- Código : CMI.
Interfaz óptica
- Velocidad digital : 688,752 Mb/s.
- Código : 5B6B.
3.4. Equipo Terminal de Línea
FD-4250:140 Mb/s
Interfaz eléctrica
- Velocidad digital : 139,264 Mb/s.+- 15 ppm.
- Código : CMI.
Interfaz óptica
- Velocidad digital : 168,443 Mb/s.
- Código : 5B6B.
FL 3301:34/16x2 Mb/s
Interfaz eléctrica
- Velocidad digital : 34,368 Mb/s.
- Código : HDB3.
Interfaz óptica
- Código : CMI.
3.5. Equipo Repetidor
FD-5350:565 Mb/s
Interfaz óptica
- Velocidad digital : 688,752 Mb/s.
- Código : 5B6B.
FD-4350:140 Mb/s
Interfaz óptica
- Velocidad digital : 168,443 Mb/s.
- Código : 5B6B.
3.6. Red Troncal Norte, Santiago-La Serena
3.6.1. Sistema Nº 1, Fibra Optica 565 Mb/s
Tramo Santiago - La Serena
- Longitud del tramo : 505 Km.
- Nº de fibras ópticas : 4.
- Nº de repetidores : 6.
3.6.2. Sistema Nº 2, Fibra Optica 140 Mb/s
Tramo Santiago - Llay Llay
- Longitud del tramo : 86 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo Llay Llay - San Felipe
- Longitud del tramo : 35 Km.
- Nº de fibras ópticas : 4.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo Llay Llay - La Ligua
- Longitud del tramo : 72 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 1.
Tramo La Ligua - Los Vilos
- Longitud del tramo : 76 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo Los Vilos - Illapel
- Longitud del tramo : 63 Km.
- Nº de fibras ópticas : 4.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo Los Vilos - Ovalle
- Longitud del tramo : 145 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 2.
Tramo Ovalle - La Serena
- Longitud del tramo : 88 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo La Serena - Coquimbo
- Longitud del tramo : 11 Km.
- Nº de fibras ópticas : 4.
- Nº de repetidores : 0.
3.7. Red Troncal Sur, Santiago - Temuco
3.7.1. Sistema Nº 1, Fibra Optica 565 Mb/s
Tramo Santiago - Concepción
- Longitud del tramo : 532 Km.
- Nº de fibras ópticas : 4.
- Nº de repetidores : 8.
Tramo Concepción- Temuco
- Longitud del tramo : 295 Km.
- Nº de fibras ópticas : 4.
- Nº de repetidores : 4.
3.7.2. Sistema Nº 2, Fibra Optica 140 Mb/s
Tramo Santiago - Temuco
- Longitud del tramo : 827 Km.
- Nº de fibras ópticas : 4.
- Nº de repetidores : 13.
3.7.3. Sistema Nº 3, Fibra Optica 140 Mb/s
Tramo Santiago - Talca
- Longitud del tramo : 260 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 3.
Tramo Talca - Concepción
- Longitud del tramo : 272 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 4.
3.7.4. Sistema Nº 4, Fibra Optica 140 Mb/s
Tramo Santiago - Rancagua
- Longitud del tramo : 87 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 3.
Tramo Rancagua - Rengo
- Longitud del tramo : 33 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo Rengo - San Vicente
- Longitud del tramo : 23 Km.
- Nº de fibras ópticas : 4.
- Nº de repetidores : 3.
Tramo Rengo - San Fernando
- Longitud del tramo : 22 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo San Fernando - Curicó
- Longitud del tramo : 56 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo Curicó - Talca
- Longitud del tramo : 62 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 1.
Tramo Talca - Linares
- Longitud del tramo : 59 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 1.
Tramo Linares - Parral
- Longitud del tramo : 39 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo Parral - Cauquenes
- Longitud del tramo : 59 Km.
- Nº de fibras ópticas : 4.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo Parral - Chillán
- Longitud del tramo : 63 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 1.
Tramo Chillán - Bulnes
- Longitud del tramo : 25 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo Bulnes - Concepción
- Longitud del tramo : 86 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo Concepción - Los Angeles
- Longitud del tramo : 127 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 1.
Tramo Los Angeles - Collipulli
- Longitud del tramo : 68 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 1.
Tramo Collipulli - Angol
- Longitud del tramo : 34 Km.
- Nº de fibras ópticas : 4.
- Nº de repetidores : 0.
Tramo Collipulli - Temuco
- Longitud del tramo : 100 Km.
- Nº de fibras ópticas : 2.
- Nº de repetidores : 2.
3.8 Sistema de Control y Monitoreo
Está compuesto por el equipo de Supervisión Central marca NEC FD-0250, que se ubicará en calle Morandé Nº 147,Comuna de Santiago, Región Metropolitana, que trabaja en conjunto con los equipos de Supervisión Sub- Central marca NEC FD-0251 y los módulos de Supervisión Remota FD-0270.
Los equipos de Supervisión Sub-Central se ubicarán en las ciudades de La Serena, Concepción y Temuco en la misma dirección de los equipos terminales ópticos.
En todas las estaciones terminales de la fibra óptica se ubicarán los módulos de Supervisión Remota.
3.9 Ubicación de los Equipos Terminales Opticos y Equipos Repetidores
Región Ciudad Dirección
IV La Serena Prat. esq. Matta
IV Coquimbo Aldea esq. Lastra
IV Ovalle Vicuña Mackenna Nº 283
IV Los Vilos Caupolicán Nº 570
IV Illapel Constitución Nº 279
V La Ligua Esmeralda Nº 585
V La Calera Prat Nº 593
V Llay Llay Balmaceda Nº 24
V San Felipe Merced Nº 220
Metropolitana Santiago Morandé Nº 147
Metropolitana Buin Balmaceda Nº 273
Metropolitana Paine Gral. Baquedano Nº 924
VI Graneros Santa Julia S/Nº
VI Ráncagua Bueras Nº 370
VI Rengo Arturo Prat Nº 125
VI San Vicente Arturo Prat Nº 855
VI San Fernando Bdo. O'Higgins Nº 639
VII Curicó Yungay Nº 430
VII Molina Maipú S/Nº
VII Talca 1 Sur Nº 787
VII San Javier Esmeralda Nº 1422
VII Linares Manuel Rodríguez Nº 620
VII Parral Aníbal Pinto Nº 715
VII Cauquenes Victoria Nº 499 A
VIII San Carlos Balmaceda Nº 449
VIII Chillán 18 de Septiembre Nº 496
VIII Bulnes Cayumanque Nº 169
VIII Concepción O'Higgins Nº 799
VIII Cabrero Esmeralda Nº 808
VIII Los Angeles Caupolicán S/Nº
VIII Mulchén Sotomayor Nº 361
IX Collipulli Alcázar S/Nº
IX Angol Chorrillos Nº 364
IX Victoria Calama Nº 364
IX Lautaro Bdo. O'Higgins Nº 1036
IX Temuco Portales esq. Prat
El tendido del cable troncal de fibra óptica entre Los Vilos y Ovalle cuenta con dos (2) repetidores, ubicados al costado de la carretera Nº 5 en Angostura y Quebrada del Teniente, IVRegión.
La zona de servicio corresponde al área comprendida desde la IV Región hasta la IX Región, incluida la Región Metropolitana.
4.- El Presidente de la República, previo informe de la Subsecretaría, podrá disponer que la concesionaria modifique las características técnicas antes señaladas, por razones de orden técnico, de interés público o en cumplimiento de Acuerdos o Convenios Internacionales obligatorios para el Estado, sin que por ello la concesionaria pueda formular reclamo alguno.
5.- El período de vigencia de la presente concesión será indefinido.
6.- La concesionaria se obliga a mantener un servicio moderno y eficiente, entendiéndose por tal un servicio que cumpla con las normas vigentes y las que a futuro se dicten, relacionadas con el funcionamiento del servicio de telecomunicaciones que por este decreto se le otorga.
7.- La construcción de las obras deberá ejecutarse con sujeción estricta al proyecto técnico aprobado y en conformidad a las leyes, reglamentos y ordenanzas pertinentes. Facúltase a la Subsecretaría para que ordene o autorice las modificaciones de orden técnico que procedieren, de acuerdo a las normas técnicas pertinentes.
8.- El plazo para el inicio y término de la construcción de las obras, así como el plazo para el inicio de los servicios, serán los siguientes:
Tramos Inicio de Término de Inicio de
obras obras Servicios
(meses) (meses)
Santiago - San Fernando 14 20 23
San Fernando - Concepción 18 24 27
Concepción - Temuco 20 26 29
La Serena- Santiago 24 36 39
Todos estos plazos serán contados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
9.- La Subsecretaría se reserva el derecho de solicitar cualquier antecedente adicional previo a la recepción de obras e instalaciones.
10.- Antes de iniciar el servicio la concesionaria debe solicitar a la Subsecretaría, por carta certificada, la verificación de que las obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y corresponden al proyecto técnico aprobado.
11.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables, atendida la calidad que adquiere en virtud de este decreto.
Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Víctor Germán Correa Díaz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Rubén Carrasco Fuentealba, Subsecretario de Telecomunicaciones subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 09-OCT-1992
|
09-OCT-1992 |
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