Ley 13196
Ley 13196 LEY Nº 13196, DE 1958.
LEY Nº 13196, DE 1958.
LA PRESENTE LEY TIENE EL CARÁCTER DE RESERVADA Y POR CONSIGUIENTE, SU TEXTO HA SIDO PUBLICADO EN UNA EDICIÓN RESTRINGIDA DEL DIARIO OFICIAL.
NOTA
La ley 20977, publicada el 22.12.2016, dispuso que la presente ley deja de tener el carácter de secreta o reservada a partir de la señalada fecha. Su texto actualizado, incluidas sus modificaciones, se encuentra disponible en el anexo de la referida norma.
La ley 20977, publicada el 22.12.2016, dispuso que la presente ley deja de tener el carácter de secreta o reservada a partir de la señalada fecha. Su texto actualizado, incluidas sus modificaciones, se encuentra disponible en el anexo de la referida norma.
NOTA 1
El Art. 3 de la ley 21174, publicada el 26.09.2019, dispone que la presente norma quedará derogada una vez que se cumplan los plazos y de acuerdo a las condiciones que establece el Art. 4 de la misma ley, el que además introduce modificaciones que regirán durante el tiempo intermedio. Para consultar tales modificaciones y sus plazos véase el anexo de la ley 20977, en la que su texto fue publicado de acuerdo a lo que se expone en la nota anterior.
El Art. 3 de la ley 21174, publicada el 26.09.2019, dispone que la presente norma quedará derogada una vez que se cumplan los plazos y de acuerdo a las condiciones que establece el Art. 4 de la misma ley, el que además introduce modificaciones que regirán durante el tiempo intermedio. Para consultar tales modificaciones y sus plazos véase el anexo de la ley 20977, en la que su texto fue publicado de acuerdo a lo que se expone en la nota anterior.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 01-ENE-1958
|
01-ENE-1958 |
Comparando Ley 13196 |
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