Decreto 370
Decreto 370 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE SAN FERNANDO
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE SAN FERNANDO
Santiago, 16 de abril de 2008.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 370.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, Ley General de
Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República;
d) El decreto supremo Nº 126 de 01.04.1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y
e) El decreto supremo Nº 22 de 28.01.1992, que otorgó la concesión, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) La solicitud de modificación de concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra e) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 43.556 de 16.08.2007, complementado mediante ingresos Subtel Nº 45.314 de
27.08.2007, Nº 47.055 de 04.09.2007 y Nº 17.107 de 27.02.2008.
b) El certificado de posesión efectiva, Nº de inscripción 22152 año 2007, extendido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Julio Iván Román Manríquez, ocurrida el día 07.05.2005, según consta en certificado de defunción Nº Folio 145.936.535, de fecha 25.05.2005, de la circunscripción de San Fernando, VI Región, y c) Que los herederos adquirentes son chilenos y no se encuentran condenados por delito que merezcan pena aflictiva.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora, en frecuencia modulada, señal distintiva XQC- 152, para la ciudad de San Fernando, VI Región, cuyo titular es don Julio Iván Román Manríquez, RUT Nº 5.159.246-8, según consta en la letra e) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular está conformado por la comunidad integrada de doña Nelly del Carmen Hata Rosales, RUT Nº 6.399.413-8; doña Náyade Keyko Román Hata, RUT Nº 12.413.489-7; don Julio César Román Hata, RUT Nº 13.660.839-8, todos domiciliados en calle Valdivia Nº 140, comuna de San Fernando, VI Región, y don Marcos Antonio Román Duartes, RUT Nº 13.911.393-4, domiciliado en calle Willie Arthur Aránguiz Nº 1990, Dpto. 501, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de herederos quedados al fallecimiento del titular de la concesión.
2. La nueva comunidad concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el Nº 4 del artículo 23 de la Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, Reglamentos, Normas Técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Víctor Garay Silva, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 04-JUL-2008
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04-JUL-2008 |
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