Ley 8946
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Ley 8946
- Encabezado
- TITULO I De la Fiscalización de las Obras
- TITULO II DEROGADO
- TITULO III Del cobro a los propietarios
- TITULO IV De los fondos de pavimentación
- TITULO QUINTO DEROGADO
- TITULO SEXTO DEROGADO
- TITULO SEPTIMO Conservación y reposición de pavimentos
- TITULO OCTAVO De la pavimentación en poblaciones, barrios o simples calles nuevas
- TITULO NOVENO DEROGADO
- TITULO DECIMO Disposiciones diversas
- Artículos transitorios
- Promulgación
Ley 8946 Decreto 1122 FIJA TEXTO DEFINITIVO DE LAS LEYES DE PAVIMENTACION;COMUNAL
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y VÍAS DE COMUNICACIÓN
Promulgación: 04-JUN-1948
Publicación: 20-OCT-1949
Versión: Última Versión - 25-ABR-2023
FIJA TEXTO DEFINITIVO DE LAS LEYES DE PAVIMENTACION COMUNAL
Núm 1,122.- Santiago, 4 de Junio de 1948.- Visto lo informado por la comisión designada por decreto N.° 2,969, de 10 de Octubre de 1947, y lo dispuesto en los artículos N.°s 11 de la ley N.° 6,628, de 28 de Agosto de 1940, y 37 de la ley número 8,853, de 23 de Septiembre de 1947,
Decreto:
El siguiente texto constituirá la Ley N.° 8,946 de esta misma fecha, en la cual se refunden y coordinan las disposiciones legales vigentes sobre pavimentación comunal:
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 25-ABR-2023
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25-ABR-2023 | |||
Intermedio
De 24-SEP-2018
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24-SEP-2018 | 24-ABR-2023 | ||
Intermedio
De 18-AGO-2006
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18-AGO-2006 | 23-SEP-2018 | ||
Texto Original
De 20-OCT-1949
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20-OCT-1949 | 17-AGO-2006 |
Comparando Ley 8946 | Decreto 1122 |
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