Resolucion 2147 EXENTA
Resolucion 2147 EXENTA INSTRUYE EL RECONOCIMIENTO DE APLICADORES DE PLAGUICIDAS ANTE EL SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO
MINISTERIO DE AGRICULTURA; SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO; DIRECCIÓN NACIONAL; DEPARTAMENTO DE PROTECCIÓN AGRÍCOLA
Promulgación: 26-JUL-2002
Publicación: 05-AGO-2002
Versión: Última Versión - 13-OCT-2010
INSTRUYE EL RECONOCIMIENTO DE APLICADORES DE PLAGUICIDAS ANTE EL SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO
Santiago, 26 de julio de 2002.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 2.147 exenta.- Vistos: El decreto ley Nº 3.557 de 1980 sobre Protección Agrícola, la ley Nº 18.755 de 1989, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero modificada por la ley Nº 19.283 de 1994, y la resolución Nº 1.044 de 2001 del Servicio, y
Considerando:
1. Que de acuerdo con el artículo 2 de la ley Nº 18.755 el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante SAG, tiene por objeto contribuir al desarrollo agropecuario del país mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y vegetal, la protección y conservación de los recursos naturales que inciden en el ámbito de la producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuarios sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias,
2. Que para este efecto, y en uso de la facultad que le confiere el título III del decreto ley Nº 3.557 de 1980, el SAG ha dictado numerosas resoluciones que regulan, restringen o prohíben la fabricación, importación, distribución, venta y aplicación de plaguicidas, disponen las informaciones que deben contener sus etiquetas o establecen la clasificación toxicológica de ellos,
3. Que los resultados de las disposiciones aludidas en las consideraciones anteriores pueden ser aminorados o anulados si las personas que tienen la misión de aplicar los plaguicidas no poseen los conocimientos necesarios, además de que de ello pueden derivarse riesgos para el propio aplicador, otras personas, los cultivos o el medio ambiente,
4. Que el SAG, mediante la resolución Nº 1.044, ha aprobado un Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence, de acuerdo con el cual ambos Servicios pueden, en conjunto, ejecutar acciones de capacitación en diversas materias, entre ellas, la aplicación correcta de plaguicidas,
5. Que el SAG considera que por medio del convenio mencionado puede obtenerse la capacitación en el buen uso y aplicación de plaguicidas, a nivel nacional, de profesionales del agro, técnicos agrícolas, operarios, temporeros y agricultores de distintos niveles de escolaridad e instrucción en estas materias, lo que contribuirá a que de las medidas dispuestas a este respecto por el SAG se obtengan los resultados que se espera de ellas,
6. Que para incentivar la contratación y empleo en las labores agrícolas de quienes hayan sido capacitados, el SAG les otorgará la calidad de Aplicadores de Plaguicidas Reconocidos por el Servicio Agrícola y Ganadero,
R e s u e l v o:
1. Institúyese el Reconocimiento de Aplicadores de Plaguicidas por el Servicio Agrícola y Ganadero para las personas que aprueben los cursos de capacitación en el buen uso y aplicación de plaguicidas que se dicten, orientados a este efecto, y que cuenten con la aprobación del SAG.
2. La temática y los programas de estos cursos de capacitación serán los definidos por el SAG en el Marco Referencial que se adjunta, y pasa a formar parte integrante de esta resolución, considerándose como único válido para el reconocimiento.
3. El reconocimiento tendrá una vigencia de cinco años y se renovará mediante un curso de actualización de conocimientos que será definido por el SAG de acuerdo con los avances que se hayan experimentado en el ámbito de los plaguicidas durante el período de vigencia del reconocimiento.
Esta resolución entrará en vigencia a contar del 6 de agosto de 2002.
NOTA:
La RES 6267 Exenta, Agricultura, publicada el 25.11.2008, modifica la presente norma, en el sentido de prorrogar el reconocimiento contenido en este número hasta el 30 de septiembre 2010.
La RES 6267 Exenta, Agricultura, publicada el 25.11.2008, modifica la presente norma, en el sentido de prorrogar el reconocimiento contenido en este número hasta el 30 de septiembre 2010.
NOTA 1
La Resolución 5943 Exenta, Agricultura, publicada el 13.10.2010, modifica la presente norma, en el sentido de ampliar hasta el 31 de diciembre de 2011 la vigencia de las credenciales de "Aplicadores de Plaguicidas Reconocidos" otorgadas por el SAG, que se encontraren vencidas, con el único propósito que estos aplicadores puedan renovar sus conocimientos y obtener una nueva credencial.
La Resolución 5943 Exenta, Agricultura, publicada el 13.10.2010, modifica la presente norma, en el sentido de ampliar hasta el 31 de diciembre de 2011 la vigencia de las credenciales de "Aplicadores de Plaguicidas Reconocidos" otorgadas por el SAG, que se encontraren vencidas, con el único propósito que estos aplicadores puedan renovar sus conocimientos y obtener una nueva credencial.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 13-OCT-2010
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13-OCT-2010 | |||
Intermedio
De 25-NOV-2008
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25-NOV-2008 | 12-OCT-2010 | ||
Texto Original
De 06-AGO-2002
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06-AGO-2002 | 24-NOV-2008 |
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