Decreto 222 EXENTO
Decreto 222 EXENTO DECLARA MONUMENTO HISTORICO LAS IGLESIAS DE ALDACHILDO, ICHUAC, DETIF, TENAUN, COLO Y SAN JUAN, UBICADAS EN LA PROVINCIA DE CHILOE, X REGION DE LOS LAGOS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DECLARA MONUMENTO HISTORICO LAS IGLESIAS DE ALDACHILDO, ICHUAC, DETIF, TENAUN, COLO Y SAN JUAN, UBICADAS EN LA PROVINCIA DE CHILOE, X REGION DE LOS LAGOS
Núm. 222 exento.- Santiago, 10 de agosto de 1999.- Considerando:
Que, las iglesias de Aldachildo, Ichuac, Detif, Tenaún, Colo y San Juan, ubicadas en las comunas de Puqueldón, Quemchi y Dalcahue, son valiosos y eximios exponentes de la Escuela Chilota de Arquitectura Religiosa en Madera, de la cual existen actualmente unas sesenta iglesias en la zona;
Que, esta Escuela Chilota de Arquitectura Religiosa se ha desarrollado a través de casi cuatro siglos, alcanzando su forma madura a mediados del siglo XIX, en virtud de un complejo y rico diálogo intercultural (europeo-indígena), y del óptimo aprovechamiento de recursos del medio ambiente, en especial, la madera;
Que, en el plano espiritual, estas iglesias son el resultado de la Misión Circular ideada por los jesuitas a principios del siglo XVII, para evangelizar a la población local, dispersa y semisedentaria, que se comunicaba entre sí por mar, configurándose un elemento determinante en el modo de ser local;
Que, las comunidades de Chiloé, cuya vida se desenvuelve en torno a sus iglesias, evidencian un alto grado de cohesión, participación, solidaridad y compromiso con su patrimonio, valores que se materializan en su relación con estos inmuebles, y que es necesario reconocer y preservar para las futuras generaciones;
Que, estas iglesias están incluidas en la nómina que el Supremo Gobierno postuló a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Unesco, para ser incorporada en la Lista del Patrimonio Mundial; y,
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 17.288 de 1970; decreto supremo de Interior Nº 654 de 1994; acuerdo de sesiones de 3 de junio y 9 de septiembre, ambas de 1998 del Consejo de Monumentos Nacionales; Ord. Nº 3.377 de Secretario del Consejo de Monumentos Nacionales, de 5 de agosto de 1999; carta de don Hernán Montecinos B., Director Coordinador de la Fundación Cultural Amigos de las Iglesias de Chiloé, de 24 de agosto de 1998; cartas del Obispo de Ancud, + Monseñor Juan Luis Ysern de Arce, de 26 de agosto de 1998 y 17 de mayo de 1999; carta de apoyo de Comunidad de Detif, de mayo de 1998; solicitud de vecinos de Tenaún, de 22 de mayo de 1998; solicitud del Consejo de Capilla de Ichuac, de 24 de abril de 1999; carta de apoyo de Comunidad de Aldachildo, de 18 de mayo de 1999; resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile;
D e c r e t o:
Artículo único: Declárase Monumento Histórico las iglesias de la provincia de Chiloé que se indican, ubicadas en las comunas que se señalan, y su respectivo entorno, demarcado en los polígonos correspondientes, según planos que forman parte del presente decreto:
a) Iglesia de Aldachildo, comuna de Puqueldón, límites según polígono A, B, C, D, E, F, A, del plano adjunto, status eclesial Capilla.
b) Iglesia de Ichuac, comuna de Puqueldón, límites según polígono A, B, C, D, E, F, G, H, A, del plano adjunto, status eclesial Capilla.
c) Iglesia de Detif, comuna de Puqueldón, límites según polígono A, B, C, D, A, del plano adjunto, status eclesial Capilla.
d) Iglesia de Tenaún, comuna de Quemchi, límites según polígono A, B, C, D, E, F, G, H, I, A, del plano adjunto, status eclesial Iglesia Parroquial.
e) Iglesia de Colo, comuna de Quemchi, límites según polígono A, B, C, D, E, F, A, del plano adjunto, status eclesial Capilla.
f) Iglesia de San Juan, comuna de Dalcahue, límites según polígono A, B, C, D, E, F, G, H, A, del plano adjunto, status eclesial Capilla.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 23-AGO-1999
|
23-AGO-1999 |
Comparando Decreto 222 EXENTO |
Loading...