Ley 16980
Ley 16980 DECLARA MONUMENTO NACIONAL LA CASA QUE SEÑALA
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES; SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Promulgación: 02-OCT-1968
Publicación: 15-OCT-1968
Versión: Única - 15-OCT-1968
LEY NUM. 16.980
DECLARA MONUMENTO NACIONAL LA CASA QUE SEÑALA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1º.- Decláranse Monumento Nacional la casa donde nació Arturo Prat, en San Agustín de Puñual, comuna de Ninhue, departamento de Itata, y los terrenos adyacentes.
Artículo 2º.- Decláranse de utilidad pública y autorízase al Presidente de la República para expropiar los inmuebles indicados en el artículo 1º.
Artículo 3º.- La Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes procederá a la restauración y alhajamiento de la casa declarada Monumento Nacional en el artículo 1º, y a la Municipalidad de Ninhue corresponderá, con la ayuda de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, velar por su mantenimiento.
Artículo 4º.- Para el cumplimiento de esta ley, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con cargo a los fondos destinados a expropiaciones, podrá invertir hasta la suma de Eº 150.000."
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, dos de Octubre de mil novecientos sesenta y ocho.- EDUARDO FREI MONTALVA.- Sergio Ossa Pretot.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Dios gue. a Ud.- Carlos Valenzuela R., Subsecretario de Obras Públicas.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 15-OCT-1968
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15-OCT-1968 |
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