Decreto 774 EXENTO
Decreto 774 EXENTO DEJA SIN EFECTO DECRETO Y MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE LA ESCONDIDA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
DEJA SIN EFECTO DECRETO Y MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE LA ESCONDIDA
Santiago, 9 de octubre de 2019.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 774 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley;
c) La resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
d) El decreto supremo N° 126 de 1997, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) El decreto supremo N° 14 de 06.01.2014, que otorgó la concesión, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
g) El decreto supremo N° 6 de 11.01.2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) La resolución exenta N° 1.911 de 24.09.2018, que autorizó previamente la transferencia;
b) El instrumento de fecha 13.11.2018;
c) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel N° 165.998 de 15.11.2018, complementada mediante ingresos Subtel N° 176.527 de 05.12.2018 y N° 118.844 de 04.09.2019, y en uso de mis atribuciones.
Decreto:
1. Déjese sin efecto el decreto supremo N° 6 de 11.01.2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sin tramitar.
2. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQA-568, para la localidad de La Escondida, Región de Antofagasta, cuyo titular es Inversiones, Desarrollos y Telecomunicaciones Limitada, RUT N° 76.831.230-3, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es la sociedad CNC Inversiones S.A., RUT N° 99.514.800-5, con domicilio en calle General Flores N° 83, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago.
3. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.
4. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la nueva concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la Ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
5. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 13-NOV-2019
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13-NOV-2019 |
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