Resolución 231 EXENTA
Resolución 231 EXENTA APRUEBA NÓMINA DE BENEFICIARIOS QUE INTEGRARÁN EL PROYECTO HABITACIONAL CONJUNTO HABITACIONAL VILLA ALESSANDRI DEL PROGRAMA REGENERACIÓN DE CONDOMINIOS
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO; SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL II REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Promulgación: 16-ABR-2019
Publicación: 30-ABR-2019
Versión: Última Versión - 18-JUN-2019
APRUEBA NÓMINA DE BENEFICIARIOS QUE INTEGRARÁN EL PROYECTO HABITACIONAL CONJUNTO HABITACIONAL VILLA ALESSANDRI DEL PROGRAMA REGENERACIÓN DE CONDOMINIOS
Núm. 231 exenta.- Antofagasta, 16 de abril de 2019.
Visto:
1.- Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en su texto refundido mediante DFL N° 1/19.653 de 2000.
2.- La Ley 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
3.- El DL N° 1.305, de 1975, que Reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
4.- El decreto N° 18 (V. y U.), de 2017, que aprueba Reglamento Regeneración de Conjuntos Habitacionales.
5.- El DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que Aprueba el Reglamento del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
6.- La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
7.- Las facultades que me confiere el decreto supremo N° 397 (V. y U.) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
8.- El decreto (V. y U.) N° 272/16/2017 de fecha 13 de diciembre de 2017, mediante el cual se nombra a la infrascrita como Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (S) de la Región de Antofagasta.
Considerando:
1.- La resolución exenta N° 1.422, de fecha 3 de marzo de 2016, mediante la cual se selecciona el conjunto habitacional Jorge Alessandri Rodríguez, de la Región de Antofagasta, para el desarrollo de Regeneración de Conjuntos Habitacionales.
2.- La resolución exenta N° 1.356, de fecha 27 de febrero de 2018, mediante la cual se otorga subsidio del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, conforme al artículo 27 del DS 49 (V. y U.), de 2011, a integrantes del proyecto habitacional conjunto habitacional Jorge Alessandri, de la comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta.
3.- La solicitud efectuada mediante memorándum N° 169, de fecha 10 de abril de 2019, del Dpto. de Planes y Programas de la Seremi, en orden a dictar resolución que apruebe nómina de beneficiarios y asigne subsidios a beneficiarios del proyecto habitacional Villa Alessandri de Antofagasta, adjuntando la nómina al efecto.
4.- Que la resolución exenta N° 1.356, referida en el considerando 2°, delega en su resuelvo 6 la función de nominar a las personas que integrarán el proyecto habitacional "Conjunto Habitacional Jorge Alessandri", de la comuna de Antofagasta, pudiendo además, conforme al resuelvo 7, eximirlos del cumplimiento de requisitos allí especificados, debiendo proceder en consecuencia, dictando el presente acto.
Resuelvo:
I.- Apruébese la nómina de postulantes beneficiados, conforme a resolución exenta N° 1.356, de fecha 27 de febrero de 2018, mediante la cual se otorga subsidio del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, conforme al artículo 27 del DS 49 (V. y U.), de 2011, a integrantes del proyecto habitacional conjunto habitacional Jorge Alessandri de la comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta.


II.- Exímase a los beneficiarios nominados en el presente acto administrativo de los siguientes requisitos:
i.) Ahorro, establecido en los artículos 3, letra c), 37, 38 y 39 del DS 49 (V. y U.), de 2011.
ii.) La acreditación del instrumento de caracterización socioeconómica establecida en el artículo 3 letra g) DS 49 (V. y U.), de 2011.
iii.) De los impedimentos establecidos en el artículo 4 del DS 49 (V. y U.), de 2011.
iv.) De los impedimentos establecidos en el artículo 4 letras a), c) y g) del DS 49 (V. y U.), de 2011.
II.- Publíquese el presente acto administrativo en el Diario Oficial, sin perjuicio de la difusión de la nómina por parte de Serviu Antofagasta, a través de periódico de circulación regional u otro medio de comunicación pública.
III. - Notifíquese el presente acto administrativo a la División de Política Habitacional del Minvu.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 18-JUN-2019
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18-JUN-2019 | |||
Texto Original
De 30-ABR-2019
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30-ABR-2019 | 17-JUN-2019 |
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