Decreto 370 EXENTO
Decreto 370 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 16-ABR-2018
Publicación: 16-MAY-2018
Versión: Única - 16-MAY-2018
Última modificación: 20-AGO-2020 - Decreto 278 EXENTO
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
Santiago, 16 de abril de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 370 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución Nº 1.117, de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
f) El decreto supremo Nº 144, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 87.371, de 03.07.2017.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº 96.799.250-K, con domicilio en Av. El Salto Nº 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para modificar parámetros de operación de los siguientes radioenlaces, según se indica a continuación:

2. Los plazos son los que se indican a continuación:

Las demás características técnicas, no consideradas en la presente modificación, permanecerán inalterables, de conformidad a los decretos que autorizaron los respectivos enlaces, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
3. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas de telecomunicaciones eliminados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 16-MAY-2018
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16-MAY-2018 |
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