Decreto 78 EXENTO
Decreto 78 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA VTR COMUNICACIONES SPA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA VTR COMUNICACIONES SPA
Santiago, 13 de febrero de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 78 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) Decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) El decreto supremo N° 461, de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que otorgó la concesión, y sus modificaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 88.598, de 05.07.2017, complementada por ingreso Subtel N° 117.411, de 30.08.2017.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, señalada en la letra e) de los vistos otorgada a la empresa VTR Comunicaciones SpA, RUT Nº 76.114.143-0, con domicilio en Av. Apoquindo N° 4800, piso 12, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria a modificar su concesión en el sentido de dividir en etapas la zona de servicio, autorizada para la comuna de Temuco, mediante decreto exento N° 108, de 2017, según se indica a continuación:
Localidad de Labranza


2. Los plazos serán los que se indican a continuación:

3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 04-ABR-2018
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04-ABR-2018 |
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