Decreto 227 EXENTO
Decreto 227 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA COMUNICACIÓN Y TELEFONÍA RURAL S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA COMUNICACIÓN Y TELEFONÍA RURAL S.A.
Santiago, 26 de febrero de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 227 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) El decreto supremo Nº 584, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que otorgó la concesión, y sus modificaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 70.844, de 30.04.2015.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, señalada en la letra e) de los vistos, otorgada a la empresa Comunicación y Telefonía Rural S.A., RUT Nº 96.756.060-K, con domicilio en Avenida Del Valle Nº 928, oficina 101, comuna de Huechuraba, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria para:
1.1 Modificar la dirección y coordenadas geográficas de la estación denominada Curicó EC, autorizada mediante decreto supremo Nº 808, de 2007, según se indica a continuación:

Las demás características técnicas y plazos, no considerados en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto supremo Nº 808, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
1.2 Eliminar un (1) radioenlace, según se indica a continuación:

2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, la documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 29-MAR-2018
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29-MAR-2018 |
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