Decreto 76 EXENTO
Decreto 76 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A INVERSIONES SANTA FE LIMITADA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A INVERSIONES SANTA FE LIMITADA
Santiago, 9 de febrero de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 76 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) El decreto supremo N° 18, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones;
f) La resolución exenta N° 158, de 2006, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aclara, interpretando el sentido y alcance de las resoluciones exentas N° 354, de 1988, N° 1.117, de 1995, y N° 308, de 2000, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el sentido que indica;
g) El decreto supremo N° 32, de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 148.173, de 09.11.2017.
b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14°, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15° y 16° de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud,
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil, cuyo actual titular es la empresa Inversiones Santa Fe Limitada, RUT N° 76.394.730-0, con domicilio en calle Estoril N° 50, piso 7, oficina 711, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para modificar el plazo de inicio de obras, término de obras e inicio de servicio de la concesión autorizada mediante decreto supremo citado en la letra g) de los vistos, quedando los nuevos plazos máximos de la siguiente forma:

Las demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto señalado precedente, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 13-MAR-2018
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13-MAR-2018 |
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