Resolución 369 EXENTA
Resolución 369 EXENTA RECTIFICA RESOLUCIÓN DE EXCLUSIÓN DEL CONCURSO CORRESPONDIENTE AL PRIMER CUATRIMESTRE DE 2018, EN EL SENTIDO QUE INDICA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
RECTIFICA RESOLUCIÓN DE EXCLUSIÓN DEL CONCURSO CORRESPONDIENTE AL PRIMER CUATRIMESTRE DE 2018, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Santiago, 15 de febrero de 2018.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 369 exenta.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley N° 18.168, de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, y sus modificaciones posteriores, en adelante la ley;
c) La ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado;
d) El decreto supremo N° 126, de 1997, y sus modificaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) La resolución exenta N° 470, de 2013, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que faculta a los Jefes de División y de Departamentos para firmar "Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones" y delega las facultades que indica;
f) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
g) La resolución exenta N° 257, de 07.02.2018, que excluye del concurso público correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2018, las frecuencias de radiodifusión sonora.
Considerando:
a) Que, de conformidad con el artículo 13°, inciso segundo, de la ley, se efectuó el llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, correspondiente al primer cuatrimestre de 2018, el que fue publicado en la edición N° 41.957 del Diario Oficial, del día 15 de enero de 2018, comprendiendo las concesiones que fueron solicitadas previamente;
b) Que, mediante la resolución mencionada en la letra g) de los Vistos, se excluyeron del concurso público correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2018, las frecuencias de radiodifusión sonora que allí se indican, entre las cuales se señala la localidad de Constitución, VII Región, en la modalidad de frecuencia modulada y las comunas de Sagrada Familia, VII Región y Pemuco, VIII Región, en la modalidad de radiodifusión comunitaria ciudadana;
c) Que, la frecuencias solicitadas para la localidad y comunas señaladas en el punto anterior, presentan factibilidad técnica para su asignación en el presente concurso;
d) Que, el artículo 61° de la ley N° 19.880, citada en el literal c) de los Vistos, faculta a la autoridad administrativa para que, de oficio, deje sin efecto, total o parcialmente, los actos administrativos que hubiere dictado, y en uso de mis atribuciones,
Resuelvo:
Rectifíquese la resolución citada en la letra g) de los Vistos, en el sentido de eliminar en la misma la localidad de Constitución, VII Región, en la modalidad de frecuencia modulada y las comunas de Sagrada Familia, VII Región y Pemuco, VIII Región, en la modalidad de radiodifusión comunitaria ciudadana, las que, en consecuencia, estarán disponibles en el concurso del Primer Cuatrimestre de 2018.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 22-FEB-2018
|
22-FEB-2018 |
Comparando Resolución 369 EXENTA |
Loading...