Decreto 216
Decreto 216 OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA INVERSIONES FRANCISCO LILLO E.I.R.L.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA INVERSIONES FRANCISCO LILLO E.I.R.L.
Santiago, 19 de octubre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 216
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) Resolución exenta N° 517, de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la Banda De Frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.
e) La resolución exenta N° 1.558, de 2008, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 2.613, de 09.01.2017, complementado por ingreso Subtel N° 51.572, de 18.04.2017.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Inversiones Francisco Lillo E.I.R.L., RUT. Nº 76.560.542-3, con domicilio en Pedro Aguirre Cerda N° 1.018, comuna de La Pintana, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar dos (2) radioenlaces punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:

Los medios de transmisión y/o conmutación podrán ser propios o de terceros debidamente autorizados.
2. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. La presente autorización debe entenderse sin perjuicio de la aplicación al caso de la normativa de Vivienda y Urbanismo correspondiente y vigente al momento del presente acto administrativo.
4. La zona de servicio de la concesión comprende un radio de 4 km, en torno a cada estación base.
5. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que autorice la concesión solicitada.
6. Los plazos serán los que se indican a continuación:

7. Las concesionarias que utilicen las bandas 5.250 - 5.350 MHz, 5.470 - 5.725 MHz y 5.725 - 5.850 MHz, las compartirán sin reclamar protección contra interferencia que produzcan otros usuarios de esta banda, debidamente autorizados.
8. Las transmisiones de los equipos de radiocomunicaciones autorizados, no deben causar interferencia a los equipos de cobro electrónico automático de peaje que operan en la banda de 5.795 - 5.815 MHz, los que tendrán prioridad independientemente de la fecha de instalación. Por lo tanto, quien provoque interferencias al sistema de cobro electrónico automático de peaje, deberá suspender inmediatamente sus transmisiones hasta subsanar dicha situación, informando a la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
9. En caso de eventuales interferencias entre equipos de radiocomunicación autorizados, las respectivas concesionarias deberán coordinarse, directamente entre ellas, para efectos de eliminarlas, informando del resultado a la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
10. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 14-FEB-2018
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14-FEB-2018 |
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