Decreto 227
Decreto 227 DESIGNA A LA UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA COMO UNIVERSIDAD TUTORA DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DESIGNA A LA UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA COMO UNIVERSIDAD TUTORA DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Núm. 227.- Santiago, 12 de septiembre de 2017.
Considerando:
Que, la ley Nº 20.910 creó el Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía, como persona jurídica de derecho público autónoma, funcionalmente descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propio;
Que, la precitada ley dispone, en su artículo tercero transitorio, que cada Centro de Formación Técnica será tutelado y acompañado por una universidad del Estado, preferentemente domiciliada en la misma región y acreditada institucionalmente de acuerdo a la ley Nº 20.129, la que será designada por el Ministerio de Educación mediante decreto supremo.
Que, por su parte, el artículo 34 del DFL 5, de 2016, del Ministerio de Educación, establece que, para efectos de la elaboración del Proyecto de Desarrollo Institucional, el Centro de Formación Técnica contará con la asesoría de una universidad tutora, hasta la primera acreditación institucional que se realice de conformidad a la ley Nº 20.129 o aquella que la reemplace.
Que, la Universidad de La Frontera es la universidad estatal con domicilio en la Región de La Araucanía, creada mediante el DFL 17, de 1981, del Ministerio de Educación Pública. Asimismo, se encuentra acreditada institucionalmente de conformidad con la ley Nº 20.129, por el período de 5 años a partir del 27 de noviembre de 2013, en las áreas de Gestión Institucional, Docencia de Pregrado, Vinculación con el Medio, Docencia de Postgrado e Investigación;
Que, atendidas las necesidades propias del funcionamiento y desarrollo de las actividades administrativas y académicas del Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía, resulta imperioso proceder a la designación antes referida.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 35 del decreto Nº 100, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el DFL 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado, de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL 17, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, que crea la Universidad de La Frontera; en el DFL 156, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, del Estatuto de la Universidad de La Frontera; en la ley Nº 20.910, que Crea Quince Centros de Formación Técnica Estatales; en el DFL 5, de 2016, del Ministerio de Educación, que Establece los Estatutos del Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, modificada por la resolución Nº 10, de 2017, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Decreto:
Artículo 1°: Desígnase a la Universidad de La Frontera, como universidad tutora del Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía en los términos del artículo tercero transitorio de la ley Nº 20.910, a contar de la total tramitación del presente decreto y hasta que el respectivo Centro obtenga la acreditación institucional que regula la ley Nº 20.129, o la figura afín que la reemplace.
Artículo 2°: Se deja constancia que la tutela y acompañamiento se prestará de conformidad con aquello que se establezca en el Convenio y en el Plan de Tutoría respectivos, los que deberán contemplar labores de asesoría y apoyo en el área académica, administrativa y financiera, y en la elaboración del Proyecto de Desarrollo Institucional del Centro de Formación Técnica.
Artículo 3°: Los gastos que pudiere irrogar el presente decreto deberán ser imputados a los recursos que se entreguen para tales efectos mediante el convenio respectivo.
Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Adriana Delpiano Puelma, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance el decreto N° 227, de 2017, del Ministerio de Educación
N° 3.715.- Santiago, 31 de enero de 2018.
Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto Nº 227, de 2017, del Ministerio de Educación, que designa a la Universidad de La Frontera como tutora del Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía, por cuanto se ajusta a derecho, en el entendido que constituye una regularización de dicha designación.
Lo anterior, atendido que de conformidad con lo previsto en el artículo tercero transitorio de la ley Nº 20.910 -que crea el mencionado centro-, en relación con el artículo primero transitorio del decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2016, de la citada Cartera de Estado -que establece los estatutos del referido centro-, el acto administrativo en estudio ha sido dictado fuera del plazo legal establecido para el reseñado efecto.
La demora señalada implica una infracción al artículo 8º de la ley Nº 18.575, que impone a los organismos públicos el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, y también a lo previsto en el artículo 7º de la ley Nº 19.880, relativo al principio de celeridad.
De ese modo, en lo sucesivo esa institución deberá adoptar las medidas que sean necesarias para que sus instrumentos se dicten oportunamente.
Con el alcance que antecede se ha tomado razón del decreto del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
A la señora
Ministra de Educación
Presente.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 07-FEB-2018
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07-FEB-2018 |
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