Resolución 86 EXENTA
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Resolución 86 EXENTA
Resolución 86 EXENTA DECLARA PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ALUMNO PRIORITARIO, BENEFICIARIO DE LA SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL ESTABLECIDA POR LA LEY N° 20.248, PARA EL AÑO 2017, DE LOS ESTUDIANTES QUE INDICA DEL COLEGIO ENGLISH COLLEGE, COMUNA Y PROVINCIA DE TALAGANTE, REGIÓN METROPOLITANA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN
DECLARA PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ALUMNO PRIORITARIO, BENEFICIARIO DE LA SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL ESTABLECIDA POR LA LEY N° 20.248, PARA EL AÑO 2017, DE LOS ESTUDIANTES QUE INDICA DEL COLEGIO ENGLISH COLLEGE, COMUNA Y PROVINCIA DE TALAGANTE, REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 86 exenta.- Santiago, 10 de enero de 2018.
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.248, que Establece Subvención Escolar Preferencial; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1996, sobre Subvención del Estado a establecimientos educacionales; en el decreto Nº 235, de 2008, del Ministerio de Educación; en las resoluciones exentas Nos 414 y 1.679, ambas de 2017 y del Ministerio de Educación; en la sentencia de 11 de julio de 2017, en causa Rol Nº 2.548-2017, de la Corte de Apelaciones de San Miguel; en la sentencia de 5 de septiembre de 2017, en causa Rol Nº 36.179-2017, de la Corte Suprema; en el Ord. Nº 5/1163, de 13 de diciembre de 2017, del Jefe de la División de Educación General; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1°.- Que, en virtud de lo dispuesto en la ley Nº 20.248 y en el decreto Nº 235, de 2008, del Ministerio de Educación, y mediante resolución exenta Nº 414, de 2017, del Ministerio de Educación, rectificada de acuerdo a lo señalado por el artículo 62 de la ley Nº 19.880 por la resolución exenta Nº 1.679, de 2017, del Ministerio de Educación, se determinó para el año 2017 los alumnos y alumnas en calidad de prioritarios que son beneficiarios de la subvención escolar preferencial;
2°.- Que, de acuerdo al artículo 6º del decreto citado, la pérdida de los requisitos establecidos en la Ley y el reglamento, que confieren la calidad de alumno prioritario, hará cesar el derecho a percibir los recursos establecidos en la ley Nº 20.248, respecto de dicho alumno, a contar del inicio del año escolar siguiente;
3°.- Que, dicha circunstancia deberá certificarse por el Ministerio de Educación y notificarse a través de la Secretaría Regional Ministerial respectiva, a la familia de dicho alumno y al sostenedor del establecimiento educacional donde aquel estudia de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento;
4°.- Que, por sentencia judicial en causa de protección Rol Nº 2.548-2017, de 11 de julio de 2017, de la Corte de Apelaciones de San Miguel, confirmada por la Corte Suprema en sentencia de 5 de septiembre de 2017, en causa Rol Nº 36.179-2017, se ha ordenado mantener vigente la calificación de los alumnos del Colegio English College, hasta que les sea notificada la resolución que modifique tal calificación y quede ejecutoriada tal determinación;
5°.- Que, tratándose de una orden de un Tribunal de la República, y conforme a lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución Política de la República, respecto a la ejecución de las resoluciones de los tribunales de justicia "La autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite el mandato judicial y no podrá calificar su fundamento u oportunidad, ni la justicia o legalidad de la resolución que se trata de ejecutar", no correspondiendo a esta Secretaría de Estado sino acatar y realizar todas las gestiones conducentes al cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal respectivo;
6°.- Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, corresponde dictar la resolución que declare la pérdida de la calidad de alumno prioritario de los estudiantes que indica del Colegio English College, comuna y provincia de Talagante, Región Metropolitana.
Resuelvo:
Artículo 1°: Declárase la pérdida de la calidad de alumno prioritario, de acuerdo al artículo 6º del decreto Nº 235, de 2008, del Ministerio de Educación, a los estudiantes del colegio English College, comuna y provincia de Talagante, Región Metropolitana, individualizados en el archivo con firma electrónica avanzada del Jefe de la División de Educación General, contenido en el CD caratulado "Nómina Alumnos Colegio English College Pérdida Calidad Prioritario 2017", que se acompaña en el anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°: Notifíquese, a través de la Secretaría Regional Ministerial respectiva, a la familia de dicho alumno y al sostenedor del establecimiento educacional de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento, mediante el procedimiento dispuesto en el artículo 46 de la ley Nº 19.880, agregándose los documentos pertinentes al expediente, de modo que quede constancia en éste de la fecha en que la diligencia fue efectuada.
Artículo 3°: Establézcase que en contra del presente acto administrativo podrá interponerse recurso de apelación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6º del decreto Nº 235, de 2008, del Ministerio de Educación, el que deberá presentarse en el plazo de veinte días contados desde la notificación por carta certificada de la presente resolución exenta.
Artículo 4°: Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, el Ministerio de Educación tomará las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad de la calidad de alumno prioritario, de acuerdo a lo señalado en la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 25-ENE-2018
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25-ENE-2018 |
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