Resolución 13 EXENTA
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Resolución 13 EXENTA
Resolución 13 EXENTA APRUEBA PRÓRROGA DE VIGENCIA DE LAS RESOLUCIONES EXENTAS CNE CON NORMAS DE CARÁCTER REGLAMENTARIO QUE INDICA, DURANTE EL TIEMPO EN EL QUE EL REGLAMENTO DE SISTEMAS DE TRANSMISIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA TRANSMISIÓN SE ENCUENTRE EN TRÁMITE Y HASTA LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL MISMO, EN CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO VIGÉSIMO TRANSITORIO DE LA LEY N° 20.936
MINISTERIO DE ENERGÍA; COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
APRUEBA PRÓRROGA DE VIGENCIA DE LAS RESOLUCIONES EXENTAS CNE CON NORMAS DE CARÁCTER REGLAMENTARIO QUE INDICA, DURANTE EL TIEMPO EN EL QUE EL REGLAMENTO DE SISTEMAS DE TRANSMISIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA TRANSMISIÓN SE ENCUENTRE EN TRÁMITE Y HASTA LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL MISMO, EN CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO VIGÉSIMO TRANSITORIO DE LA LEY N° 20.936
Núm. 13 exenta.- Santiago, 11 de enero de 2018.
Vistos:
a) Las facultades establecidas en la letra h) del artículo 9° del DL N° 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía, en adelante e indistintamente la "Comisión" o "CNE", modificado por la ley N° 20.402, que crea el Ministerio de Energía;
b) Lo señalado en el artículo vigésimo transitorio de la Ley N° 20.936, de 2016, que Establece un nuevo Sistema de Transmisión Eléctrica y crea un Organismo Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, en adelante "Ley N° 20.936";
c) La resolución exenta CNE N° 18, de 10 de enero de 2017, que Establece normas procedimentales estrictamente necesarias para el primer proceso de planificación anual de la transmisión a realizarse conforme a lo dispuesto en la ley N° 20.936, correspondiente al año 2017, modificada por resoluciones exentas CNE N° 187, de 18 de abril de 2017, N° 440, de fecha 11 de agosto de 2017, N° 583, de 18 de octubre de 2017, y N° 623, de 10 de noviembre de 2017;
d) La resolución exenta N° 154, de fecha 30 de marzo de 2017, que Establece términos y condiciones de aplicación del régimen de acceso abierto a que se refieren los artículos 79° y 80° de la Ley General de Servicios Eléctricos, modificada por la resolución exenta CNE N° 606, de fecha 26 de octubre de 2017;
e) La resolución exenta CNE N° 269, de fecha 31 de mayo de 2017, que Establece términos y condiciones estrictamente necesarios para la realización de los procesos de licitación de las obras de ejecución obligatoria de expansión zonal, a que se refiere el artículo decimotercero transitorio de la ley N° 20.936, modificada por la resolución exenta CNE N° 472, de fecha 24 de agosto de 2017;
f) La resolución exenta CNE N° 360, de fecha 7 de julio de 2017, que Establece plazos, requisitos y condiciones aplicables a la interconexión de instalaciones de transmisión al sistema eléctrico sin que formen parte de la planificación de que trata el artículo 87° de la Ley General de Servicios Eléctricos, en conformidad a lo establecido en el inciso segundo del artículo 102° de dicho cuerpo legal;
g) La resolución exenta CNE N° 382, de fecha 20 de julio de 2017, que Establece las normas necesarias para la adecuada implementación del Registro de Participación Ciudadana a que se refiere el artículo 90° de la Ley General de Servicios Eléctricos;
h) La resolución exenta CNE N° 711, de fecha 12 de diciembre de 2017, que Establece metodología aplicable al proceso de planificación anual de la transmisión a realizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 87° de la Ley General de Servicios Eléctricos, y deja sin efecto la resolución CNE N° 384 exenta, de la Comisión Nacional de Energía, de 20 de julio de 2017;
i) Lo informado por el Departamento Jurídico de la Comisión Nacional de Energía a su Secretario Ejecutivo, mediante Memo Jur. N° 05, de fecha 8 de enero de 2018;
j) Lo dispuesto por el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía, mediante Memo Gab. N° 09, de fecha 9 de enero de 2018; y
k) Lo dispuesto en resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Que, con fecha 20 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial la ley N° 20.936, que introduce cambios en la Ley General de Servicios Eléctricos;
b) Que, el inciso primero del artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.936, señala que los reglamentos necesarios para la ejecución de la misma, deberán ser dictados dentro del plazo de un año contado desde su publicación en el Diario Oficial. Que, no obstante lo anterior, el referido artículo establece que mientras los referidos reglamentos no entren en vigencia, dichas disposiciones se sujetarán en cuanto a los plazos, requisitos y condiciones, a las disposiciones de la ley y a las que se establezcan por resolución exenta de la Comisión;
c) Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el referido inciso primero del artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.936, esta Comisión dictó las resoluciones a las que se refieren los literales c) a h) de Vistos;
d) Que, el inciso segundo del artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.936, dispone que la referida resolución exenta de la Comisión tendrá como plazo de vigencia máxima dieciocho meses contado desde su publicación en el Diario Oficial. Agrega el referido inciso que, en caso de requerir una prórroga por cuanto el reglamento que verse sobre el mismo contenido se encuentre en trámite, ésta deberá ser aprobada por resolución exenta, indicando expresamente los fundamentos que ameritan la señalada prórroga y su plazo;
e) Que, al respecto, el 20 de enero de 2018 se cumplirá el referido plazo de dieciocho meses contados desde la publicación de la ley N° 20.936 en el Diario Oficial;
f) Que, de acuerdo a lo informado mediante Memo Jur. N° 05, de fecha 8 de enero de 2018, el reglamento que contiene las normas contenidas en las resoluciones referidas en el literal c) precedente, actualmente se encuentra en proceso de elaboración;
g) Que, asimismo, la vigencia de las normas contenidas en las resoluciones referidas en el literal c) precedente, es indispensable para contar con un marco normativo adecuado para dar aplicación a los cambios regulatorios que se encuentran vigentes a partir de la publicación de la ley N° 20.936; y
h) Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, mediante el presente acto administrativo corresponde prorrogar las vigencias de las resoluciones exentas que se indican en el artículo primero de la presente resolución.
Resuelvo:
Artículo primero: Apruébase la prórroga de las vigencias de las resoluciones exentas CNE que se indican a continuación, a partir del 21 de enero de 2018 y hasta que el Reglamento de Sistemas de Transmisión y Planificación de la Transmisión entre en vigencia, en conformidad a lo dispuesto en el artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.936:
. La resolución exenta CNE N° 18, de 10 de enero de 2017, que Establece normas procedimentales estrictamente necesarias para el primer proceso de planificación anual de la transmisión a realizarse conforme a lo dispuesto en la ley N° 20.936, correspondiente al año 2017;
. La resolución exenta CNE N° 187, de 18 de abril de 2017, que modifica resolución exenta N° 18, de 2017, que Establece normas procedimentales estrictamente necesarias para el primer proceso de planificación anual de la transmisión a realizarse conforme a lo dispuesto en la ley N° 20.936, correspondiente al año 2017;
. La resolución exenta CNE N° 440, de 11 de agosto de 2017, que modifica resolución exenta N° 18, de 2017, que Establece normas procedimentales estrictamente necesarias para el primer proceso de planificación anual de la transmisión a realizarse conforme a lo dispuesto en la ley N° 20.936, correspondiente al año 2017;
. La resolución exenta CNE N° 583, de 18 de octubre de 2017, que modifica resolución exenta N° 18, de 2017, que Establece normas procedimentales estrictamente necesarias para el primer proceso de planificación anual de la transmisión a realizarse conforme a lo dispuesto en la ley N° 20.936, correspondiente al año 2017;
. La resolución exenta CNE N° 623, de 10 de noviembre de 2017, que modifica resolución exenta N° 18, de 2017, que Establece normas procedimentales estrictamente necesarias para el primer proceso de planificación anual de la transmisión a realizarse conforme a lo dispuesto en la ley N° 20.936, correspondiente al año 2017;
. La resolución exenta N° 154, de fecha 30 de marzo de 2017, que Establece términos y condiciones de aplicación del régimen de acceso abierto a que se refieren los artículos 79° y 80° de la Ley General de Servicios Eléctricos;
. La resolución exenta N° 606, de fecha 26 de octubre de 2017, que modifica resolución exenta N° 154, de 2017, que Establece términos y condiciones de aplicación del régimen de acceso abierto a que se refieren los artículos 79° y 80° de la Ley General de Servicios Eléctricos;
. La resolución exenta CNE N° 269, de fecha 31 de mayo de 2017, que Establece términos y condiciones estrictamente necesarios para la realización de los procesos de licitación de las obras de ejecución obligatoria de expansión zonal, a que se refiere el artículo decimotercero transitorio de la ley N° 20.936;
. La resolución exenta CNE N° 472, de fecha 24 de agosto de 2017, que modifica resolución exenta CNE N° 269, de 2017, que Establece términos y condiciones estrictamente necesarios para la realización de los procesos de licitación de las obras de ejecución obligatoria de expansión zonal, a que se refiere el artículo decimotercero transitorio de la ley N° 20.936;
. La resolución exenta CNE N° 360, de fecha 7 de julio de 2017, que Establece plazos, requisitos y condiciones aplicables a la interconexión de instalaciones de transmisión al sistema eléctrico sin que formen parte de la planificación de que trata el artículo 87° de la Ley General de Servicios Eléctricos, en conformidad a lo establecido en el inciso segundo del artículo 102° de dicho cuerpo legal;
. La resolución exenta CNE N° 382, de fecha 20 de julio de 2017, que Establece las normas necesarias para la adecuada implementación del Registro de Participación Ciudadana a que se refiere el artículo 90° de la Ley General de Servicios Eléctricos; y
. La resolución exenta CNE N° 711, de fecha 12 de diciembre de 2017, que Establece metodología aplicable al proceso de planificación anual de la transmisión a realizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 87° de la Ley General de Servicios Eléctricos, y deja sin efecto la resolución CNE N° 384 exenta, de la Comisión Nacional de Energía, de 20 de julio de 2017.
Artículo segundo: Comuníquese la presente resolución al Director Ejecutivo del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional mediante su envío por correo electrónico.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 18-ENE-2018
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18-ENE-2018 |
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