Decreto 805 EXENTO
Decreto 805 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA INTELCOM TELECOMUNICACIONES CHILE LIMITADA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA INTELCOM TELECOMUNICACIONES CHILE LIMITADA
Santiago, 26 de octubre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 805 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución exenta N° 1.558, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el uso de las bandas de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz, y sus modificaciones posteriores.
f) La resolución exenta N° 517, de 2001, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz, y sus modificaciones posteriores.
g) El decreto supremo Nº 109, de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 131.967, de 19.10.2016.
b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la Ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, cuyo titular es la empresa Intelcom Telecomunicaciones Chile Limitada, RUT Nº 76.252.371-K, con domicilio en Salar de Tara N° 1884, comuna de Coquimbo, IV Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Elimina un (1) radioenlace punto multipunto, según se indica a continuación:

2. Modificar la ubicación de dos (2) estaciones base, según se indica a continuación:

Las características no señaladas en la presente modificación se mantendrán inalterables de acuerdo al decreto supremo N° 109, de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
3. Instalar, operar y explotar cuatro (4) radioenlaces punto multipunto, según se indica a continuación:

4. Modificar tipo de emisión, tipo de antena, ganancia y potencia de cuatro (4) radioenlaces punto a punto, según se indica a continuación:

5. Los plazos máximos se indican a continuación:

6. Las concesionarias que utilicen las bandas 5.250 - 5.350 MHz, 5.470 - 5.725 MHz y 5.725 - 5.850 MHz, las compartirán sin reclamar protección contra interferencia que produzcan otros usuarios de esta banda, debidamente autorizados, y las aplicaciones industriales, científicas y médicas.
7. Las transmisiones de los equipos de radiocomunicaciones autorizados en el presente decreto supremo, no deben causar interferencia a los equipos de cobro electrónico automático de peaje que operan en la banda de 5.795 - 5.815 MHz, los que tendrán prioridad independientemente de la fecha de instalación. Por lo tanto, quien provoque interferencias al sistema de cobro electrónico automático de peaje, deberá suspender inmediatamente sus transmisiones hasta subsanar dicha situación, informando a la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
8. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
9. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 12-DIC-2017
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12-DIC-2017 |
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