Decreto 846 EXENTO
Decreto 846 EXENTO RECTIFICA DECRETO QUE OTORGÓ CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN COMUNITARIA CIUDADANA PARA LA COMUNA DE TALCAHUANO
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
RECTIFICA DECRETO QUE OTORGÓ CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN COMUNITARIA CIUDADANA PARA LA COMUNA DE TALCAHUANO
Santiago, 8 de noviembre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 846 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo N° 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 01.02.2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) La resolución exenta N° 479, de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
f) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
g) El decreto supremo N° 213, de 24.04.2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de rectificación, ingreso Subtel N° 117.748 de 31.08.2017.
Decreto:
1. Rectifícase, en el punto 3. del decreto supremo N° 213, de 24.04.2017, mencionado en la letra g) de los vistos, que otorgó la concesión de radiodifusión comunitaria ciudadana para la comuna de Talcahuano, VIII Región, señal distintiva XQK-256, cuyo titular es Corporación Educacional Masónica de Talcahuano, RUT N° 70.405.700-8, con domicilio en Aníbal Pinto N° 332, comuna de Talcahuano, VIII Región, en el sentido que la dirección en que se ubica la Planta Transmisora y Sistema Radiante es: Patricio Lynch s/n, Cerro David Fuentes, comuna de Talcahuano, VIII Región, Coordenadas Geográficas 36°42'59'' Latitud Sur; 73°06'45'' Longitud Oeste, Datum WGS 84 y no como allí se indica.
2. El presente decreto de rectificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
3. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones República el presente decreto.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 09-DIC-2017
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09-DIC-2017 |
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