Decreto 225
Decreto 225 ESTABLECE ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE PARA 6° AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA DE LAS ASIGNATURAS DE MATEMÁTICA Y LENGUAJE Y COMUNICACIÓN: LECTURA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
ESTABLECE ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE PARA 6° AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA DE LAS ASIGNATURAS DE MATEMÁTICA Y LENGUAJE Y COMUNICACIÓN: LECTURA
Núm. 225.- Santiago, 12 de septiembre de 2017.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en la Ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la Ley Nº 20.529, que Establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 20.370 con las Normas No Derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005; en el decreto supremo Nº 439, de 2011, del Ministerio de Educación; en el Acuerdo N° 34/2017, de 5 de julio de 2017, del Consejo Nacional de Educación; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y;
Considerando:
Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º, inciso primero, de la ley Nº 20.529, los estándares de aprendizaje referidos a los objetivos generales establecidos en la ley y en sus bases curriculares definirán los conocimientos, habilidades y actitudes que se espera alcancen los alumnos en diversas etapas del proceso educativo;
Que, el artículo segundo transitorio de la ley referida, dispone que el Ministerio de Educación tendrá un plazo de tres años, contado desde la entrada en vigencia de dicha ley, para presentar los estándares de aprendizaje, indicativos de desempeño y otros indicadores de calidad educativa al Consejo Nacional de Educación. Con todo, este plazo será de un año para presentar los estándares de aprendizaje de, a lo menos, uno de los cursos evaluados por el sistema nacional de medición, habiéndose establecido a la fecha, los estándares de 2º, 4º y 8º año de educación básica y 2º año de educación media;
Que, el Consejo Nacional de Educación mediante el Acuerdo Nº 34/2017, de 5 de julio de 2017, aprobó los estándares de aprendizaje de las asignaturas de Matemática y Lenguaje y Comunicación: Lectura para 6º año de educación básica;
Que, el inciso primero del artículo 7º de la ley 20.529, señala que corresponderá al Presidente de la República, cada seis años, por decreto supremo dictado por intermedio del Ministerio de Educación, previo informe del Consejo Nacional de Educación, establecer, entre otras materias, los estándares de aprendizaje contemplados en dicha ley.
Decreto:
Artículo único: Establézcanse los siguientes estándares de aprendizaje de 6° año de educación básica en las asignaturas de Matemática y Lenguaje y Comunicación: Lectura, cuyo texto se adjunta en el anexo y forma parte del presente acto administrativo para todos los efectos legales.
ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE
6° BÁSICO:
Matemática
Lectura
Unidad de Currículum y Evaluación
Ministerio de Educación
Agosto 2017
Índice
ANTECEDENTES DE LOS ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE EN CHILE
MARCO LEGAL
PRINCIPIOS BÁSICOS
DEFINICIÓN
ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE 6º BÁSICO MATEMÁTICA
ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE 6º BÁSICO LECTURA
ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE PARA 6º BÁSICO
Este documento presenta los Estándares de Aprendizaje de 6º básico correspondientes a las asignaturas de Matemática y Lenguaje y Comunicación: Lectura. La elaboración de los Estándares de Aprendizaje se inscribe dentro de las exigencias del marco normativo que rige el sistema educacional en Chile, el cual se define en la Ley General de Educación (Ley N° 20.370), promulgada el año 2009, y en la ley que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización (Ley Nº 20.529), promulgada el año 2011.
Entre los años 2010 y 2012, el Ministerio de Educación elaboró y presentó al CNED los Estándares de Aprendizaje de Matemática, Lectura, Ciencias Naturales e Historia, Geografía y Ciencias Sociales para 4° y 8° básico, entre los años 2012 y 2013, los Estándares de Aprendizaje de Lectura para 2º básico y entre los años 2012 y 2014 los de Matemática y Lectura para 2º medio. Estos Estándares fueron aprobados por el CNED y posteriormente instaurados mediante los decretos supremos de Educación N° 129/2013, Nº 81/2014 y Nº 178/2015, respectivamente.
Durante el periodo de elaboración de los Estándares de 4º y 8º básico, se realizó un trabajo sistemático de recopilación de antecedentes, consultas y validaciones, con el objetivo de diseñar un procedimiento genérico de elaboración de Estándares transparente, válido y replicable, el cual fue aprobado por el CNED mediante el acuerdo Nº 84/2012. El resultado de este trabajo sienta las bases para la elaboración de todos los Estándares de Aprendizaje que se requieran en esta primera etapa de definición de Estándares para el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad, entre ellos, los de Matemática y Lectura para 6º básico.
ANTECEDENTES DE LOS ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE EN CHILE
En Chile, el trabajo de elaboración de estándares de aprendizaje se inició luego de que en el año 2000 se publicaran los resultados del Sistema de Medición de la Calidad de la Educación (Simce) de 4° básico y los del Trends in International Mathematics and Science Study (TIMSS)(1) de 8º básico.
En el caso del Simce, los resultados revelaron que un alto porcentaje de estudiantes de 4º básico no alcanzaba los aprendizajes descritos en el currículum de 2° básico. En cuanto a la prueba TIMSS, sus resultados mostraron una distancia considerable entre los aprendizajes logrados por los y las estudiantes de nuestro país y los alcanzados por estudiantes de países desarrollados.
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(1) TIMSS es el Estudio Internacional de Tendencias en Matemáticas y Ciencias, una evaluación de los aprendizajes en Matemática y Ciencias de los y las estudiantes de 4° y 8° básico que lleva a cabo la Asociación Internacional para la Evaluación del Rendimiento Educativo (IEA, por sus siglas en inglés) cada cuatro años.
Considerando la evidencia obtenida, el Ministerio de Educación de la época solicitó a la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) una evaluación del conjunto de la reforma educacional llevada a cabo en la década de los noventa, y además convocó a la Comisión para el desarrollo y uso del Simce, compuesta por expertos y actores educativos, para revisar dicha prueba y hacer recomendaciones para su mejoramiento(2).
Ambas comisiones enfatizaron en ese momento la necesidad de formular estándares de aprendizaje para dar más sentido al sistema de medición nacional y señalar con mayor claridad la expectativa de logro. En este sentido, la Comisión para el desarrollo y uso del Simce planteó como una prioridad reportar resultados en relación con expectativas nacionales de logro(3).
Fruto del trabajo de elaboración de estándares, iniciado el año 2003 por el Ministerio de Educación, y de las recomendaciones de ambas comisiones, se reportaron los resultados Simce referidos a Niveles de Logro en la evaluación del año 2006. Esta herramienta se elaboró con el objetivo de retroalimentar las prácticas pedagógicas y describir los conocimientos y las habilidades que demostraban los y las estudiantes al responder las pruebas Simce, de modo que su desempeño pudiera ser ubicado en categorías asociadas a rangos de puntaje en dicha evaluación.
A partir de los Niveles de Logro, el Simce informa qué porcentaje de estudiantes alcanza los distintos niveles en cada escuela, y para diferentes agregaciones territoriales, socioeconómicas, administrativas, entre otras. Es así como desde el año 2006 las escuelas reciben información más descriptiva y detallada de los aprendizajes que los y las estudiantes de 4° año básico son capaces de demostrar en las pruebas.
Ese mismo año, a raíz de las demandas del movimiento estudiantil, el Gobierno de la época convocó un Consejo Asesor Presidencial para la Calidad de la Educación al que le encomendó realizar un diagnóstico de la educación chilena y elaborar propuestas para mejorar su calidad. Este Consejo formuló un documento con diversas recomendaciones, entre ellas, modificar el marco legal establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE), definir estándares de calidad -tanto para los aprendizajes de los y las estudiantes como para el desempeño de los establecimientos educacionales- y crear una nueva institucionalidad que permita evaluar su cumplimiento(4).
El año 2009 se promulgó la "Ley General de Educación" (LGE), cuya aprobación implicó la derogación de la normativa anterior, en lo pertinente. Esta ley recoge lo recomendado por el Consejo Asesor Presidencial con respecto a establecer un nuevo marco legal que permita al Estado cumplir con su deber de propender al aseguramiento de la calidad de la educación, para lo cual, entre otras materias, contempla la creación de dos nuevas instituciones -la Agencia de Calidad de la Educación y la Superintendencia de Educación- y la reformulación del Ministerio de Educación y del Consejo Nacional de Educación. Esta nueva arquitectura institucional es descrita en detalle en la ley que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización (ley SAC), promulgada en el año 2011.
El Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad tiene por objeto "propender a asegurar una educación de calidad en sus distintos niveles (...) y propender a asegurar la equidad, entendida como que todos los alumnos [y todas las alumnas] tengan las mismas oportunidades de recibir una educación de calidad" (ley SAC, art. 1º, p.1). Para ello, considera un conjunto de definiciones, herramientas e instrumentos para establecer mecanismos de apoyo, fortalecimiento de capacidades y responsabilización de todos los establecimientos del país.
En este contexto, la normativa establece la implementación de estándares de calidad que permitan evaluar y monitorear los procesos y los resultados de aprendizaje en los establecimientos educacionales, y así promover el mejoramiento continuo del sistema. Entre estos estándares se encuentran los Estándares de Aprendizajes, entendidos como referentes nacionalmente compartidos que permiten evaluar qué tan lejos o cerca se encuentran los y las estudiantes de lograr los objetivos de aprendizaje definidos en las bases curriculares.
Según la ley, los Estándares de Aprendizaje son también un insumo para la ordenación de las escuelas y liceos del país. La ordenación consiste en el proceso de categorización de los establecimientos considerando los resultados de aprendizaje de todas las áreas evaluadas censalmente en las mediciones nacionales y la distribución de los resultados obtenidos en ellas en relación con los Estándares de Aprendizaje, junto con los resultados de la evaluación de los Otros Indicadores de Calidad. Además, en este proceso se deberá considerar el nivel de vulnerabilidad de los y las estudiantes evaluados.
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(2) Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. (2004). Revisión de políticas nacionales de educación: Chile. Paris: Autor. Comisión para el Desarrollo y Uso del Sistema de Medición de la Calidad de la Educación. (2003). Evaluación de aprendizajes para una educación de calidad. Santiago de Chile: Ministerio de Educación de Chile.
(3) Comisión para el Desarrollo y Uso del SIMCE, 2003, p. 14.
(4) Consejo Asesor Presidencial para la Calidad de la Educación. (2006). Informe final del Consejo Asesor Presidencial para la Calidad de la Educación. Santiago de Chile: Autor.
De esta manera, en el marco del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad, los Estándares de Aprendizaje se introducen al sistema como una herramienta de evaluación y monitoreo con el fin de movilizarlo hacia el logro de mayores aprendizajes. Además, conservan el rol -introducido por los Niveles de Logro Simce el año 2006- de entregar retroalimentación a los establecimientos sobre el logro de los aprendizajes alcanzados por los y las estudiantes, con el fin de apoyar la gestión pedagógica en el aula.
MARCO LEGAL
El contexto normativo en el cual se incorporan los Estándares de Aprendizaje al sistema educativo está determinado por la Ley General de Educación y el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización. La Ley General de Educación fija el deber del Estado de propender a asegurar una educación de calidad, procurando que esta sea impartida a todos los y todas las estudiantes de nuestro país, tanto en el ámbito público como en el privado. Para el cumplimiento de este deber, estas leyes establecen el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación, el cual contempla un conjunto de medidas orientadas al mejoramiento continuo de los aprendizajes de las y los estudiantes, dentro del cual los Estándares de Aprendizaje juegan un rol relevante.
Exigencias legales de los Estándares de Aprendizaje
La ley estipula que los Estándares de Aprendizaje deben cumplir con los siguientes requerimientos:
a) Estar referidos a las Bases Curriculares
Los Estándares de Aprendizaje de los y las estudiantes deben estar referidos a los objetivos generales señalados en la ley y sus respectivas bases curriculares (Ley SAC, art. 3º).
b) Ser evaluados por instrumentos estandarizados
Para medir el grado de cumplimiento de los Estándares de Aprendizaje se deberán utilizar instrumentos y procedimientos estandarizados, válidos, confiables, objetivos y transparentes. Los instrumentos para evaluar los Estándares de Aprendizaje de los y las estudiantes deberán aplicarse periódicamente en distintos cursos y sectores de aprendizaje y en forma censal a lo menos en algún curso, tanto del nivel de enseñanza básica como de enseñanza media (Ley SAC, art. 11).
c) Ser de aplicación obligatoria
La medición del grado de cumplimiento de los Estándares de Aprendizaje será de aplicación obligatoria para todos los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Estado. La institución encargada de esta evaluación será la Agencia de Calidad de la Educación, la que podrá realizar las mediciones directamente o por medio de terceros (Ley SAC, art. 11).
d) Ser elaborados por el Ministerio de Educación y aprobados por el CNED
El Ministerio de Educación será la institución encargada de la elaboración de los Estándares de Aprendizaje que luego serán presentados al Consejo Nacional de Educación para su aprobación (Ley SAC, art. 7º).
e) Tener una vigencia determinada
Los Estándares de Aprendizaje que se fijen tendrán una duración de seis años. Sin embargo, si durante este periodo se modifican las bases curriculares, los Estándares de Aprendizaje deberán adecuarse a dichas modificaciones (Ley SAC, art. 7º).
Usos de los Estándares de Aprendizaje en el Sistema de Aseguramiento de la Calidad
Los Estándares de Aprendizaje son una herramienta de política pública que se utiliza para promover el logro de mayores aprendizajes en el sistema. Según lo determinado por la ley, uno de los usos de estos estándares es como insumo para el proceso de categorización u ordenación de los establecimientos. Dado que son el insumo al que se le otorga la mayor ponderación, se considera necesario entregar los antecedentes legales asociados a este proceso.
A continuación, se detalla lo que establece la ley con respecto a la categorización u ordenación de establecimientos.
a) Debe considerar a todos los establecimientos
La Agencia de Calidad ordenará, mediante resolución fundada, a todos los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, de acuerdo al grado de cumplimiento de los Estándares de Aprendizaje de los y las estudiantes y de los Otros Indicadores de Calidad Educativa (Ley SAC, art. 17).
b) Debe identificar necesidades de apoyo y responsabilizar
La ordenación tiene como principal objetivo identificar, cuando corresponda, las necesidades de apoyo que pudieran tener los establecimientos (Ley SAC, art. 3º). Asimismo, busca promover la responsabilización de los establecimientos y sus sostenedores por los resultados de aprendizaje de sus estudiantes según los Estándares de Aprendizaje y los Otros Indicadores de Calidad. La ley determina que es una infracción grave "incumplir reiteradamente los estándares de aprendizaje exigidos en conformidad a las leyes. Esta infracción solo podrá ser sancionada con la revocación del reconocimiento oficial del Estado" (Ley SAC, art. 76, letra d).
c) Debe considerar resultados de aprendizaje, los Otros Indicadores de Calidad y características de los y las estudiantes
Para realizar la ordenación o categorización de los establecimientos, la Agencia deberá considerar los resultados de aprendizaje de todas las áreas evaluadas censalmente en las mediciones nacionales, la distribución de los resultados de las y los estudiantes en relación con los Estándares de Aprendizaje, el grado de cumplimiento de los Otros Indicadores de Calidad educativa, así como las características de los y las estudiantes del establecimiento educacional, incluidas, entre otras, su vulnerabilidad y, cuando proceda, indicadores de progreso y/o de valor agregado. "Con todo, gradualmente, la ordenación de los establecimientos propenderá a ser realizada de manera independiente de las características socioeconómicas de los alumnos y [las] alumnas, en la medida que el sistema corrija las diferencias atribuibles a dichas características en su desempeño" (Ley SAC, art. 17, p.9).
d) Debe realizarse anualmente y de manera independiente para Educación Básica y Media
Los establecimientos educacionales que impartan Educación Básica y Media serán ordenados por cada nivel de enseñanza en forma independiente (Ley SAC, art. 18). Esta ordenación no será aplicable a los establecimientos de educación parvularia ni a los de educación especial (Ley SAC, art. 21).
e) Debe considerar varias mediciones
La ordenación deberá llevarse a cabo anualmente considerando tres mediciones consecutivas del grado de cumplimiento de los Estándares de Aprendizaje, en el caso de que estas sean anuales, y dos mediciones consecutivas, en el caso de que se realicen cada dos años o más (Ley SAC, art. 18).
f) Debe asignar a los Estándares de Aprendizaje una ponderación no menor al 67%
El procedimiento técnico con el que se ponderará el cumplimiento de los Estándares de Aprendizaje para efectos de la ordenación será determinado por la Agencia de Calidad. La ponderación de los Estándares de Aprendizaje en la ordenación no podrá ser inferior al 67% del total (Ley SAC, art. 18).
g) Debe establecer cuatro categorías
Como resultado de esta ordenación, los establecimientos educacionales serán clasificados en cuatro categorías:
. Establecimientos Educacionales de Desempeño Alto.
. Establecimientos Educacionales de Desempeño Medio.
. Establecimientos Educacionales de Desempeño Medio-Bajo.
. Establecimientos Educacionales de Desempeño Insuficiente (Ley SAC, art. 17).
h) Homologación de la clasificación de la Ley SEP y la ordenación
Los establecimientos adscritos al régimen de subvención preferencial serán ordenados por la Agencia de Calidad de la Educación en alguna de las categorías que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación (Ley SAC, art. 112, N° 4). La clasificación en las categorías indicadas en el actual artículo 9° de la Ley de Subvención Escolar Preferencial se entenderá equivalente a la ordenación en las categorías establecidas en el artículo 17 de la Ley del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad.
PRINCIPIOS BÁSICOS
Los Estándares de Aprendizaje y sus niveles se elaboraron para dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley General de Educación y, específicamente, a la Ley del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad, con la cual se introducen al sistema evaluaciones, mecanismos de monitoreo, apoyo y fiscalización, y la responsabilización de los establecimientos por los resultados de aprendizaje obtenidos. En este contexto, los Estándares se elaboraron considerando los siguientes criterios:
a) Estar alineados al currículum vigente(5)
Los Estándares deben elaborarse a partir del currículum vigente. Esto se sustenta en que, de acuerdo a lo estipulado en la ley SAC, los Estándares de Aprendizaje deben estar referidos a los objetivos generales señalados en la ley y sus respectivas bases curriculares.
b) Considerar sus usos y consecuencias
Todas las decisiones adoptadas durante el proceso fueron discutidas y analizadas considerando a los Estándares como una herramienta de política pública que entrega retroalimentación al sistema para promover el logro de mayores aprendizajes en el sistema, por lo tanto se consideró su uso pedagógico así como su utilización en la categorización u ordenación de los establecimientos y las altas consecuencias asociadas.
c) Ser aplicables a todos los y todas las estudiantes del país
Los Estándares de Aprendizaje son comunes para todos los y todas las estudiantes y sus escuelas, y no hacen distinciones de ningún tipo: ni de nivel socioeconómico, dependencia administrativa, localización geográfica u otra variable.
d) Representar todos los contextos del país
Los Estándares de Aprendizaje fueron validados mediante la participación de especialistas(6) que representan distintos contextos del país y visiones diversas.
e) Ser desafiantes y alcanzables para movilizar el sistema hacia el logro de mejores aprendizajes
Los Estándares se elaboraron considerando el currículum vigente y la evidencia empírica de lo que los y las estudiantes del país saben y son capaces de hacer, de manera que no resulten tan exigentes que en vez de motivar a las y los docentes hacia su logro generen en ellas y ellos desesperanza, ni poco desafiantes que generen conformismo.
f) Distinguir niveles de aprendizaje cualitativamente distintos
Se elaboraron tres Niveles de Aprendizaje que permiten hacer distinciones significativas entre los y las estudiantes que logran de manera satisfactoria lo exigido en el currículum y quienes no lo hacen, y, dentro de este último grupo, entre quienes están cerca de lograrlo de quienes están lejos de hacerlo.
g) Ser transparentes respecto de la exigencia estipulada
Los Estándares elaborados indican claramente qué tan apropiados son los aprendizajes de los y las estudiantes de acuerdo con lo estipulado en el currículum vigente, y comunican de manera precisa y comprensible a los diferentes actores de la comunidad educativa los requisitos mínimos para alcanzar cada Nivel de Aprendizaje.
DEFINICIÓN
Se entenderá por Estándares de Aprendizaje lo que en la literatura especializada(7) se define como estándares de desempeño. Los Estándares están referidos a los Objetivos Generales señalados en la Ley General de Educación y a sus respectivas bases curriculares, y se encuentran directamente ligados a la evaluación del logro de dichos objetivos.
Los Estándares de Aprendizaje son referentes que describen lo que los y las estudiantes deben saber y poder hacer para demostrar, en las evaluaciones Simce, determinados niveles de cumplimiento de los Objetivos de Aprendizaje estipulados en el currículum vigente. Dichos Estándares definen tres Niveles de Aprendizaje: Nivel Adecuado, Nivel Elemental y Nivel Insuficiente.
Nivel de Aprendizaje Adecuado
Los y las estudiantes cuyo desempeño se ubica en este Nivel de Aprendizaje han logrado lo exigido en el currículum de manera satisfactoria(8). Esto implica demostrar que han adquirido las habilidades y los conocimientos básicos(9) estipulados para el periodo evaluado. En este Nivel se ubican los y las estudiantes que en la prueba Simce demuestran que cumplen con los requisitos exigidos para alcanzar el Nivel Adecuado, así como aquellos y aquellas que alcanzan aprendizajes que sobrepasan dichos requerimientos.
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(5) En el caso de 6º básico el currículum vigente corresponde a las bases curriculares 2012.
(6) Para efectos del procedimiento de elaboración de los Estándares de Aprendizaje se entiende que el término "especialistas" incluye a docentes, académicos y otros profesionales del ámbito de la educación.
(7) Hambleton, R. (1999). Setting performance standards on achievement tests: meeting the requirements of Title I. En L. Hansche (Ed.), Handbook for the development of performance standards: meeting the requirements of Title 1. Washington, DC: Council of Chief State School Officers; Kendall, J. (2001). A technical guide for revising or developing standards and benchmarks. Aurora, CO: McRel; Cizek, G. (2012). An introduction to contemporary standard setting. Concepts, Characteristics, and contexts. In G. Cizek (Ed.), Setting performance standards: foundations, methods, and innovations (2nd ed.), (pp. 3-14). New York, NY: Routledge.
(8) Un logro satisfactorio de lo planteado en el currículum significa haber consolidado aquellos aprendizajes que son considerados fundamentales debido a que permiten transitar hacia aprendizajes más complejos, ya sea del mismo curso o de cursos superiores. El logro satisfactorio no implica necesariamente alcanzar todos los objetivos de aprendizaje estipulados en el currículum vigente, ya que los Niveles de Aprendizaje son pasos o escalones intermedios por los que se transita hacia el logro de lo propuesto en dicho currículum y que permiten evaluar qué tan cerca o lejos se está de alcanzarlo. En el caso de las descripciones de los Estándares de Aprendizaje, en todos los niveles se incluyen solo aquellos aprendizajes que pueden ser evaluados de manera estandarizada.
Nivel de Aprendizaje Elemental
Los y las estudiantes cuyo desempeño se ubica en este Nivel de Aprendizaje han logrado lo exigido en el currículum de manera parcial(10). Esto implica demostrar que han adquirido las habilidades y los conocimientos más elementales(11) estipulados en el currículum para el periodo evaluado. En este Nivel se ubican los y las estudiantes que en la prueba Simce demuestran que cumplen con los requisitos exigidos para el Nivel Elemental, así como aquellos y aquellas que sobrepasan dichos requerimientos, pero cuyo desempeño no es aún suficiente para lograr las exigencias del Nivel Adecuado.
Nivel de Aprendizaje Insuficiente
Los y las estudiantes cuyo desempeño se encuentra en este nivel no logran demostrar consistentemente que han adquirido las habilidades y los conocimientos más elementales estipulados en el currículum para el periodo evaluado. En este Nivel se ubican los y las estudiantes que, según su desempeño en la prueba Simce, no demuestran consistentemente que cumplen con los requisitos exigidos para el Nivel Elemental, tanto aquellos y aquellas que están lejos de lograr dichos requerimientos como quienes están cerca de alcanzarlos.
Componentes de los Estándares de Aprendizaje
a) Definición de los Niveles de Aprendizaje
Corresponde a la descripción, para cada asignatura y curso, de lo que significa quedar ubicado en un Nivel en términos de los aprendizajes que se deben demostrar para alcanzarlo, en el marco del currículum vigente.
b) Requisitos mínimos
Son los aprendizajes mínimos que debe demostrar un o una estudiante en la prueba Simce para alcanzar los Niveles de Aprendizaje Adecuado y Elemental. Se componen de un conjunto de indicadores que debe alcanzar un o una estudiante para que su desempeño quede ubicado en el Nivel de Aprendizaje correspondiente. Estos indicadores explicitan los conocimientos y habilidades del currículum vigente, evaluados en un instrumento estandarizado, que son considerados como imprescindibles para alcanzar los niveles antes mencionados en cada asignatura y curso evaluado. El Nivel de Aprendizaje Insuficiente, por su parte, no cuenta con un conjunto de indicadores que deban alcanzar los y las estudiantes, ya que en él se ubican, por defecto, quienes no logran demostrar que han alcanzado los requisitos mínimos establecidos para el Nivel de Aprendizaje Elemental.
c) Puntajes asociados
Corresponden al rango de puntaje de la prueba Simce que se asocia a cada Nivel de Aprendizaje. Se encuentran delimitados por dos puntajes de corte que dan origen a tres niveles. El puntaje de corte es el puntaje mínimo que debe obtener un o una estudiante en la prueba Simce, en cada asignatura y curso, para alcanzar el Nivel de Aprendizaje Adecuado o Elemental. Aquellos y aquellas estudiantes que no alcanzan el puntaje mínimo del Nivel de Aprendizaje Elemental se ubican, por defecto, en el Nivel de Aprendizaje Insuficiente.
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(9) Son aquellos conceptos y procedimientos considerados como fundamentales, pues son prerrequisitos para la construcción de conocimientos más complejos o abstractos exigidos en el mismo curso o en cursos superiores.
(10) Un logro parcial de lo planteado en el currículum significa alcanzar de manera incipiente los aprendizajes considerados fundamentales; lo anterior implica haber consolidado las habilidades y los conocimientos más rudimentarios de dichos aprendizajes.
(11) Son aquellos conceptos y procedimientos con menor demanda cognitiva para su comprensión o aplicación, ya sea debido a que han existido reiteradas oportunidades de aprendizaje en cursos anteriores o porque su nivel de abstracción es menor.
ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE PARA 6º BÁSICO MATEMÁTICA

ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE 6º BÁSICO MATEMÁTICA
DEFINICIÓN
Nivel de Aprendizaje Adecuado
Los y las estudiantes de sexto básico que alcanzan el Nivel de Aprendizaje Adecuado han adquirido de manera satisfactoria(12) las habilidades y los conocimientos matemáticos definidos en las bases curriculares para el periodo evaluado(13).
En la prueba Simce, muestran evidencia de que comprenden y aplican los conceptos y procedimientos básicos(14) de números y operaciones, patrones y álgebra, geometría y medición, y datos y probabilidades propios del periodo. Asimismo, muestran que son capaces de aplicar dichos conocimientos y las habilidades matemáticas de resolver problemas, representar, modelar y argumentar en situaciones directas y en problemas rutinarios en los que se requiere seleccionar datos, organizar la información, y establecer o evaluar diferentes estrategias de resolución.
Nivel de Aprendizaje Elemental
Los y las estudiantes de sexto básico que alcanzan el Nivel de Aprendizaje Elemental han adquirido de manera parcial(15) las habilidades y los conocimientos matemáticos definidos en las bases curriculares para el periodo evaluado.
En la prueba Simce, muestran evidencia de que comprenden y aplican los conceptos y procedimientos más elementales(16) de números y operaciones, patrones y álgebra, geometría, medición y datos y probabilidades propios del periodo. Asimismo, muestran que son capaces de aplicar dichos conocimientos y las habilidades matemáticas de resolver problemas, representar, modelar y argumentar en situaciones directas y en problemas rutinarios de uno o dos pasos en que los datos y conceptos por utilizar se presentan de forma directa, o que dependen de rutinas aprendidas que han practicado extensivamente.
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(12) Un logro satisfactorio de lo planteado en el currículum significa haber consolidado aquellos aprendizajes que son considerados fundamentales debido a que permiten transitar hacia aprendizajes más complejos, ya sea del mismo curso o de cursos superiores. El logro satisfactorio no implica necesariamente alcanzar todos los objetivos de aprendizaje estipulados en el currículum vigente, ya que los Niveles de Aprendizaje son pasos o escalones intermedios por los que se transita hacia el logro de lo propuesto en dicho currículum y que permiten evaluar qué tan cerca o lejos se está de alcanzarlo. En el caso de las descripciones de los Estándares de Aprendizaje, en todos los niveles se incluyen solo aquellos aprendizajes que pueden ser evaluados de manera estandarizada.
(13) El periodo evaluado corresponde a los cursos de 3º a 6º básico.
(14) Son aquellos conceptos y procedimientos considerados como fundamentales, pues son prerrequisitos para la construcción de conocimientos más complejos o abstractos exigidos en el mismo curso o cursos superiores.
(15) Un logro parcial de lo planteado en el currículum significa alcanzar de manera incipiente los aprendizajes considerados fundamentales; lo anterior implica haber consolidado las habilidades y los conocimientos más rudimentarios de dichos aprendizajes.
(16) Son aquellos conceptos y procedimientos con menor demanda cognitiva para su comprensión o aplicación, ya sea debido a que han existido reiteradas oportunidades de aprendizaje en cursos anteriores o porque su nivel de abstracción es menor.
Nivel de Aprendizaje Insuficiente
Las y los estudiantes de sexto básico que se ubican en el Nivel de Aprendizaje Insuficiente no logran los aprendizajes requeridos para alcanzar el Nivel de Aprendizaje Elemental.
En la prueba Simce, muestran escasa evidencia de que comprenden y aplican los conceptos y procedimientos más elementales de números y operaciones, patrones y álgebra, geometría, medición y datos y probabilidades propios del periodo, así como un escaso dominio de las habilidades matemáticas de resolver problemas, representar, modelar y argumentar. Por lo general, solo logran aplicar algunos conocimientos y habilidades en situaciones directas y en problemas que han practicado extensivamente y que presentan algún tipo de mediación y apoyo.
REQUISITOS MÍNIMOS DE MATEMÁTICA 6º BÁSICO

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(17) Los problemas rutinarios son aquellos problemas familiares para los y las estudiantes, cuya resolución implica seleccionar y aplicar conceptos y procedimientos aprendidos; se trata de problemas similares a los practicados en clases. Los problemas no rutinarios son aquellos poco o nada familiares para los y las estudiantes; si bien su resolución requiere aplicar conceptos y procedimientos aprendidos, presentan demandas cognitivas superiores, lo que puede obedecer a la novedad o a la complejidad de la situación, a que pueden tener más de una solución, o a que la solución puede involucrar varios pasos o diferentes áreas de la matemática.

PUNTAJES ASOCIADOS A LOS NIVELES DE APRENDIZAJE DE MATEMÁTICA
6º BÁSICO

ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE PARA 6º BÁSICO LECTURA

ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE 6º BÁSICO LECTURA
DEFINICIÓN
Nivel de Aprendizaje Adecuado
Los y las estudiantes de sexto básico que alcanzan el Nivel de Aprendizaje Adecuado han adquirido las habilidades básicas de comprensión lectora definidas en las Bases Curriculares para el periodo evaluado(18).
En la prueba Simce, muestran evidencia de que, al leer diversos textos apropiados para sexto básico, son capaces de alcanzar una comprensión global de un texto completo o de una sección de él, cuando aparecen varias ideas que compiten en importancia; integrar información presente en distintas partes del texto o establecer conclusiones sobre cualquier aspecto de un texto; secuenciar cronológicamente los eventos o pasos expuestos; realizar inferencias directas a partir de conexiones, tanto evidentes como sugeridas, en textos que presentan situaciones, vocabulario o temas que pudieran resultarles poco familiares; interpretar expresiones en lenguaje figurado poco familiares a partir de marcas textuales; localizar información explícita cuando aparecen varias ideas desarrolladas o información complementaria; reflexionar sobre la lectura para expresar opiniones fundamentadas que integran diversas ideas del texto o conocimientos previos, aplicar información para resolver tareas de mediana complejidad, y evaluar el aporte de informaciones o recursos gráficos al propósito del texto.
Nivel de Aprendizaje Elemental
Los y las estudiantes de sexto básico que alcanzan el Nivel de Aprendizaje Elemental han adquirido de manera parcial las habilidades básicas de comprensión lectora definidas en las Bases Curriculares para el periodo evaluado.
En la prueba Simce, muestran evidencia de que, al leer diversos textos apropiados para sexto básico, son capaces de alcanzar una comprensión global de un texto completo o de una sección de él, cuando el tema es evidente o único; integrar ideas cercanas, destacadas o repetidas en el texto, o establecer conclusiones sobre aspectos centrales del texto; secuenciar cronológicamente los eventos y pasos expuestos cuando estos son claramente distinguibles; realizar inferencias directas a partir de conexiones evidentes en textos que presentan situaciones, vocabulario o temas familiares para ellos y ellas; interpretar expresiones en lenguaje figurado de uso familiar; localizar información explícita fácil de ubicar; y reflexionar sobre la lectura para expresar opiniones fundamentadas en ideas del texto, y aplicar información para resolver tareas sencillas.
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(18) El periodo evaluado corresponde a los cursos de 3º a 6º básico.
Nivel de Aprendizaje Insuficiente
Los y las estudiantes de sexto básico que se ubican en el Nivel de Aprendizaje Insuficiente no logran los aprendizajes requeridos para alcanzar el Nivel de Aprendizaje Elemental.
En la prueba Simce, muestran escasa evidencia de que, al leer diversos textos apropiados para sexto básico, son capaces de alcanzar una comprensión global de un texto completo o una sección de él, realizar inferencias directas claramente sugeridas, localizar información explícita fácil de ubicar, y reflexionar sobre la lectura para expresar una opinión fundamentada o para aplicar información.
REQUISITOS MÍNIMOS DE LECTURA 6º BÁSICO

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(19) El trabajo con textos literarios y no literarios supone la inclusión de textos continuos, discontinuos y mixtos:
Texto continuo: consiste en una secuencia de enunciados lingüísticos que se organizan en párrafos. Presenta una variedad mínima de tipografías, tamaños de tipografía y colores. No incluye recuadros, dibujos o símbolos, o incluye uno o dos que no desvían la atención de la o el estudiante.
Texto discontinuo: organiza y expone la información no como una secuencia de enunciados lingüísticos, sino de modo tabular y recurriendo a una diversidad de códigos. Estos textos combinan recuadros, dibujos o símbolos cuya información se presenta con diferentes colores, tipografías y tamaños. Algunos textos discontinuos son las tablas, los gráficos, los diagramas, los avisos publicitarios, los horarios, los catálogos y los índices.
Texto mixto: integra secciones continuas y discontinuas que se apoyan mutuamente y que forman una unidad (por ejemplo, un texto principal, una nota al pie y un recuadro con texto) y diversos dibujos o símbolos.
(20) El tema será evidente porque se reitera a lo largo del texto, porque se explicita o porque se destaca mediante marcas textuales (títulos o subtítulos, recursos tipográficos, marcadores discursivos, entre otras).
(21) La localización de la información puede verse dificultada o facilitada considerando variables como: la complejidad de la sintaxis, la ubicación de la información o la presencia de marcas textuales organizadoras, como títulos; negritas o cursivas; ilustraciones o imágenes, entre otros elementos.
(22) Se entenderá por estructura, tema, situación y lenguaje familiar aquellos que son conocidos por el o la estudiante debido a su experiencia escolar, a sus experiencias previas de lectura o a su experiencia cotidiana del mundo. Estos textos, situaciones, temas y expresiones apuntan a referentes comunes y compartidos por estudiantes de esta edad. Por ejemplo, serán familiares textos de estructura frecuente y prototípica (como muchos tipos de leyendas, mitos y cuentos); serán familiares situaciones y temas como las rutinas características de la escuela o las celebraciones tradicionales (como cumpleaños, fiestas patrias y navidad); y expresiones como refranes, metáforas o comparaciones de amplia circulación, entre otros.
(23) Las marcas textuales son aquellos elementos lingüísticos o no lingüísticos que funcionan como claves o pistas para la lectura, por cuanto el lector o la lectora se apoya en ellas para favorecer su comprensión del texto. Entre ellas, se encuentran conectores y marcadores discursivos; sinónimos, antónimos, relaciones anafóricas; palabras en negrita, subrayadas o en cursiva; signos de puntuación; títulos, subtítulos, recuadros de texto e ilustraciones.

PUNTAJES ASOCIADOS A LOS NIVELES DE APRENDIZAJE DE LECTURA 6º BÁSICO

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(24) Una tarea de mediana complejidad es cuando el o la estudiante debe integrar diversas informaciones o discriminar entre ellas, o realizar inferencias o interpretaciones para extrapolar el contenido del texto y aplicarlo en una situación nueva.
(25) Una tarea sencilla es cuando el o la estudiante debe localizar información fácil de ubicar y aplicarla directamente en una situación nueva.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 02-DIC-2017
|
02-DIC-2017 |
Comparando Decreto 225 |
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