Decreto 749 EXENTO
Decreto 749 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA PACÍFICO CABLE S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA PACÍFICO CABLE S.A.
Santiago, 6 de octubre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 749 exento.
Vistos:
a) El decreto Ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) El decreto supremo Nº 634, de 2007, que otorgó la concesión, modificado por los decretos exentos Nº 748, de 2014, y Nº 65, de 2017, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 21.823, de 10.02.2017, modificado por ingresos Subtel Nº 50.820, de 17.04.2017, Nº 52.803, de 21.04.2017, y Nº 60.055, de 09.05.2017.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, otorgada a la empresa Pacífico Cable S.A., RUT Nº 96.722.400-6, con domicilio en Barcelona Nº 1184, Valle Escondido de Paicaví, comuna de Concepción, VIII Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar:
1.1 Trazados de fibra óptica, cuyas características se detallan a continuación:

1.2 Nodos ópticos en las siguientes localidades: Victoria, Santa Cruz, San Vicente, Buin, Nancagua, Graneros, Paine, Parral, Nos, Chiguayante y Exequiel Fernández.
2. Cuyas ubicaciones son las que a continuación se indican:

3. Modificar las coordenadas geográficas del Nodo Cauquenes, autorizado mediante decreto exento N° 65, de 2017, según se indica a continuación:

4. Los plazos serán los que se indican a continuación:

Las demás características, no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto supremo Nº 634, de 2007, modificado por los decretos exentos Nos 748, de 2014, y 65 de 2017, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
5. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 01-DIC-2017
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01-DIC-2017 |
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