Decreto 415 EXENTO
Decreto 415 EXENTO AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 13-JUL-2017
Publicación: 27-NOV-2017
Versión: Única - 27-NOV-2017
AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA
Santiago, 13 de julio de 2017.- Con esta fecha de ha resuelto lo que sigue:
Núm. 415 exento.
Vistos:
Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones; el DFL Nº 10, de 1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que crea la Empresa de Correos de Chile; el decreto ley Nº 799, de 1974, que dicta Disposiciones que Regulan Uso y Circulación de Vehículos Estatales; el oficio circular Nº 26 de 15 de abril de 2003, de los Ministerios de Hacienda y del Interior; el decreto Nº 19, de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por Orden del Presidente de la República"; el Dictamen Nº 35.593, de 1995, de la Contraloría General de la República; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1. Que, la Empresa de Correos de Chite es un organismo de administración autónoma del Estado, con patrimonio propio, el que se relaciona con la Presidenta de la República a través del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
2. Que, la referida Empresa, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el decreto ley Nº 799, de 1974, que dicta Disposiciones que Regulan Uso y Circulación de Vehículos Estatales, solicita respecto de un vehículo arrendado por ésta, la autorización para circular en días sábados en la tarde, domingos y festivos, atendido que su utilización ininterrumpida es necesaria para el desarrollo de las actividades propias de su cometido, requiriendo destinar la camioneta marca Chevrolet, modelo D MAX II 2.5, año 2016, para su utilización por parte del personal de la Subgerencia de Seguridad a fin de constituirse en cualquier horario en aquellas dependencias de Correos de Chile que sean objeto de hechos delictivos, o bien en caso de incidencias de seguridad que las afecten;
3. Que, atendido lo expuesto y en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º del decreto ley Nº 799, de 1974,
Se decreta:
1° Autorícese la circulación en todo el territorio nacional en días sábados en la tarde, domingos y festivos, y sin restricción de horarios, del vehículo arrendado por la Empresa de Correos de Chile que a continuación se individualiza:
Vehículo : Camioneta
Marca : Chevrolet
Modelo : D MAX II 2.5
Año : 2016
Color : Rojo Terracota
Nº Chassis : MPATFR86JFT004151
Nº Motor : NH9451
I.R.N.V.M. : HYKZ.59-K
Placa patente única : HYKZ.59-K
Arrendador : Rentas y Servicios S.A., RUT Nº 76.095.267-2
Propietario : Banco de Crédito e Inversiones, RUT Nº 97.006.000-6
3° La Empresa de Correos de Chile estará obligada a establecer los controles internos y resguardos que procedan, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del decreto ley Nº 799, de 1974.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Consuelo Maldonado Herrera, Jefa de División Administración y Finanzas.
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