Resolución 12854 EXENTA
Resolución 12854 EXENTA MODIFICA RESOLUCIONES N° 4.019, N° 5.714, N° 7.847 Y N° 8.959 EXENTAS, DE VIVIENDA Y URBANISMO, DE 2016 Y 2017, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE LOS DAMNIFICADOS DE LA REGIÓN DE COQUIMBO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA RESOLUCIONES N° 4.019, N° 5.714, N° 7.847 Y N° 8.959 EXENTAS, DE VIVIENDA Y URBANISMO, DE 2016 Y 2017, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE LOS DAMNIFICADOS DE LA REGIÓN DE COQUIMBO
Santiago, 31 de octubre de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 12.854 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, y sus modificaciones;
b) La resolución exenta Nº 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, y su modificación, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2017 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006;
c) Las resoluciones exentas Nº 4.019 y Nº 5.714, ambas de Vivienda y Urbanismo, de 2016, que modifican resoluciones exentas que se señalan y aprueban nóminas de postulantes seleccionados en los meses de mayo y julio, respectivamente, correspondientes a la postulación extraordinaria del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, para el desarrollo de proyectos Título II, Mejoramiento de la Vivienda, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, destinados a la atención de los damnificados de la Región de Coquimbo y aprueban los recursos que se destinaron al financiamiento de dichos subsidios;
d) Las resoluciones exentas Nº 7.847 y Nº 8.959, ambas de Vivienda y Urbanismo, de 2017, que aprueban nóminas de postulantes seleccionados en los meses de mayo y junio, respectivamente, correspondientes a la postulación extraordinaria del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, para el desarrollo de proyectos Título II, Mejoramiento de la Vivienda, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, destinados a la atención de los damnificados de la Región de Coquimbo y aprueban recursos que se destinaron al financiamiento de dichos subsidios;
e) El ordinario Nº 4029, de fecha 23 de agosto de 2017, del Director Serviu de la Región de Coquimbo, mediante el cual solicita modificar las resoluciones exentas citadas en los Vistos c) y d) precedentes, que otorgan subsidios a familias damnificadas por el sismo ocurrido en septiembre de 2015 en la Región de Coquimbo, debido a que existen personas beneficiadas por esas resoluciones, a las que ya se les había asignado un subsidio habitacional en resoluciones exentas anteriores;
Considerando:
1. Que, lo expuesto por el Director Serviu de la Región de Coquimbo, en el oficio citado en el Visto e), de la presente resolución exenta, pone de manifiesto la necesidad de corregir las resoluciones citadas en los Vistos c) y d), dado que por error se incluyeron algunas personas en dos resoluciones que les otorgaban subsidios, por lo que se requiere corregir esa situación;
2. Que, la solicitud enviada por el Serviu de la Región de Coquimbo, se refiere a 14 familias a quienes se les asignaron subsidios por vía de asignación directa o por selección, de las cuales 5 familias que obtuvieron subsidio a través de las resoluciones exentas citadas en los Vistos c) y d), deben ser eliminadas de dicho acto administrativo;
3. Que, por correo electrónico de fecha 31 de agosto de 2017, del Serviu de la Región de Coquimbo, se complementa el ordinario citado en el Visto e), en el sentido de informar las resoluciones exentas en las que se deben mantener a las personas beneficiadas;
4. Que, los subsidios asignados no implican doble imputación de recursos, sólo duplicidad en nóminas de selección, dicto la siguiente
Resolución:
1.- Modifícase la resolución exenta Nº 4.019 (V. y U.), de 2016, en el sentido de:
1.1 Eliminar de la nómina de beneficiados aprobados por esta resolución, las filas que se detallan a continuación:

1.2 Reemplazar en la tabla inserta en el resuelvo 2, las siguientes filas:
Mayo 131
TOTAL 338
1.3 Reemplazar en la tabla inserta en el resuelvo 3, en la columna "U.F. selección Mayo" el guarismo "25.372" por "25.032" y en la columna "Saldo UF", el guarismo "938.453" por "938.793".
2.- Modifícase la resolución exenta Nº 5.714 (V. y U.), de 2016, en el sentido de:
2.1 Eliminar de la nómina de beneficiados aprobados por esta resolución, la fila que se detalla a continuación:

2.2 Reemplazar en la tabla inserta en el resuelvo 3, las siguientes filas:
Julio 90 65
TOTAL 586 65
2.3 Reemplázase en la tabla inserta en el resuelvo 4, en la columna "U.F. selección Julio", el guarismo "11.799" por "11.633" y en la columna "Saldo en UF", el guarismo "858.919" por "859.085".
3.- Modifícase la resolución exenta Nº 7.847 (V. y U.), de 2017, en el sentido de:
3.1 Eliminar de la nómina de beneficiados aprobados por esta resolución, la fila que se detalla a continuación:

3.2 Reemplazar en la tabla inserta en el resuelvo 1. el guarismo "191" por "190".
3.3 Reemplazar en la tabla inserta en el resuelvo 2, en la columna "U.F. Selección Mayo", el guarismo "62.016" por "61.610" y en la columna "U.F. Total Asignado", el guarismo "62.016" por "61.610".
4.- Modifícase la resolución exenta Nº 8.959 (V. y U.), de 2017, en el sentido de:
4.1 Eliminar de la nómina de beneficiados aprobada por esta resolución, la fila que se detalla a continuación:

4.2 Reemplazar en la tabla inserta en el resuelvo 3, las siguientes filas:
Junio 112
TOTAL 303
4.3 Reemplazar en la tabla inserta en el resuelvo 2, en la columna "U.F. Selección Junio", el guarismo "37.532" por "37.246" y en la columna "U.F. Total Asignado", el guarismo "99.535" por "99.249".
5.- Establécese que las resoluciones exentas citadas en los resuelvos 1, 2, 3 y 4 precedentes se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 08-NOV-2017
|
08-NOV-2017 |
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