Decreto 548 EXENTO
Decreto 548 EXENTO MODIFICA LA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS EN LA BANDA DE 700 MHZ A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA LA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS EN LA BANDA DE 700 MHZ A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.
Santiago, 17 de agosto de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 548 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución exenta Nº 265 de 2013, modificada por las resoluciones exentas Nros. 3.916 de 2013, y 4.039 de 2014, todas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que Fijó la Norma Técnica para el Uso de la Banda de Frecuencias 700 MHz.
f) El decreto supremo Nº 71 de 2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 73.531 de 07.06.2016.
b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos en la Banda de 700 MHz, a la empresa Telefónica Móviles Chile S.A., RUT Nº 87.845.500-2, con domicilio en Avenida Providencia Nº 111, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria a rectificar las coordenadas geográficas las estaciones base que a continuación se indica:

2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 31-OCT-2017
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31-OCT-2017 |
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