Decreto 1144 EXENTO
Decreto 1144 EXENTO DESIGNA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN EN EL DIRECTORIO DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DESIGNA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN EN EL DIRECTORIO DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Núm. 1.144 exento.- Santiago, 26 de septiembre de 2017.
Considerando:
Que, la Ley 20.910 creó el Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía, como persona jurídica de derecho público autónoma, funcionalmente descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propio;
Que, el DFL N° 5, de 2016, del Ministerio de Educación, que Establece los Estatutos del Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía, en su artículo 11 dispone que el Directorio participará del gobierno del Centro de Formación Técnica y tendrá la calidad de máxima autoridad colegiada de éste.
Que, conforme lo establece el artículo 12 del citado cuerpo legal, el Directorio del Centro de Formación Técnica estará compuesto, entre otros, por un(a) representante del Ministerio de Educación, designado(a) por el (la) Ministro(a) del ramo. Agrega que permanecerá cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelegido para el período inmediatamente siguiente, y en caso de no designarse nuevos directores al término del referido plazo, se renovará sucesiva y automáticamente la designación efectuada hasta la elección del nuevo director, y que servirá su cargo ad honorem.
Que, mediante Of. Ord. N° 2, de 2017, del Centro de Formación Técnica de La Araucanía, el Rector ha solicitado se proceda a la designación del representante del Ministerio de Educación en el referido Directorio, con la finalidad de instalar con la mayor celeridad posible el órgano colegiado de la institución.
Que, atendidas las necesidades propias del funcionamiento y desarrollo de las actividades administrativas y académicas del Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía, resulta imperioso proceder a la designación antes referida.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en el DFL N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 20.910, que Crea Quince Centros de Formación Técnica Estatales; en el DFL N° 5, de 2016, del Ministerio de Educación, que Establece los Estatutos del Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía; en el Of. Ord. N° 2, de 2017, del Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía; y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Decreto:
Artículo 1°: Desígnase como representante del Ministerio de Educación en el Directorio del Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía, a contar de la fecha del presente decreto, a don Domingo Eduardo Abdala Abarzúa, RUT N° 8.677.161-6, por un periodo de 4 años, pudiendo ser reelegido por el periodo inmediatamente siguiente.
Artículo 2°: El representante individualizado precedentemente, por razones impostergables de buen servicio, asumirá sus funciones inmediatamente, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 31-OCT-2017
|
31-OCT-2017 |
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