Decreto 353 EXENTO
Decreto 353 EXENTO APLICA REBAJAS DE DERECHOS DE ADUANA PARA LA IMPORTACIÓN DE TRIGO Y HARINA DE TRIGO O DE MORCAJO (TRANQUILLÓN)
MINISTERIO DE HACIENDA
Promulgación: 11-OCT-2017
Publicación: 14-OCT-2017
Versión: Única - 14-OCT-2017
APLICA REBAJAS DE DERECHOS DE ADUANA PARA LA IMPORTACIÓN DE TRIGO Y HARINA DE TRIGO O DE MORCAJO (TRANQUILLÓN)
Núm. 353 exento.- Santiago, 11 de octubre de 2017.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N° 18.525; en la ley N° 19.897; en el decreto N° 831, de 2003, del Ministerio de Hacienda, de 2003; modificado por el decreto N° 1.936, de 2014, del Ministerio de Hacienda; en el decreto supremo N° 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001; en la resolución N° 1.600, de la Contraloría General de la República de 2008, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; los antecedentes adjuntos, y
Considerando:
1.- Que, la política del Supremo Gobierno en materia de productos agrícolas básicos, tiene por objeto establecer un margen razonable de fluctuación de los precios internos en relación a los precios internacionales de tales productos, y
2.- Que, para cumplir con dicho objetivo, es indispensable aplicar una rebaja a las sumas que corresponda pagar por derechos ad valórem del Arancel Aduanero por la importación de trigo y harina de trigo o de morcajo (tranquillón) desde el 16 de octubre de 2017 y hasta el 15 de diciembre de 2017,
Decreto:
Artículo 1°.- Aplícanse, a contar del 16 de octubre de 2017 y hasta el 15 de diciembre de 2017, las rebajas que se indican, a las sumas que corresponda pagar por derechos ad valórem del Arancel Aduanero, por la importación de productos que se clasifican en los códigos arancelarios que se mencionan a continuación:




Artículo 2°.- Las rebajas establecidas en el artículo precedente, en ningún caso podrán exceder al monto que corresponda pagar por concepto de derechos ad valórem del Arancel Aduanero por la importación de dichas mercancías, considerando cada operación de importación individualmente y teniendo como base el valor CIF de las mercancías comprendidas en la respectiva operación.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 14-OCT-2017
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14-OCT-2017 |
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