Decreto 530 EXENTO
Decreto 530 EXENTO RECTIFICA DECRETO QUE OTORGÓ CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CORONEL
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
RECTIFICA DECRETO QUE OTORGÓ CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CORONEL
Santiago, 10 de agosto de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 530 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley;
c) La Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
d) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
e) El decreto supremo N° 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 01.02.2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
f) La resolución exenta N° 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
g) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
h) El decreto supremo N° 193, de 27.11.2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de rectificación, ingreso Subtel N° 95.545, de 18.06.2015, complementada mediante ingreso Subtel N° 267.686, de 14.12.2015.
b) Lo dispuesto en el artículo 62° de la ley N° 19.880; y en uso de mis atribuciones legales, dicto lo siguiente:
Decreto:
1. Rectifícase, en el punto 3. del decreto supremo N° 193, de 27.11.2014, mencionado en la letra g) de los Vistos, que otorgó la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Coronel, VIII Región, señal distintiva XQC-595, cuyo titular es sociedad Altronix Comunicaciones Limitada, RUT N° 76.181.320-K, con domicilio en Avda. Chesterton N° 7168, dpto. N° 123, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en el sentido que la dirección en que se ubica el Estudio, Planta Transmisora y Sistema Radiante es: Bustamante N° 80, Cerro La Virgen, comuna de Coronel, VIII Región y no como allí se indica.
2. El presente decreto de rectificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
3. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto.
4. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 15-SEP-2017
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15-SEP-2017 |
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