Decreto 446 EXENTO
Decreto 446 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 24-JUL-2017
Publicación: 15-SEP-2017
Versión: Única - 15-SEP-2017
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
Santiago, 24 de julio de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 446 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución exenta Nº 354, de 1988, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Celular que opera en la Banda de 800 MHz y sus modificaciones posteriores, y
f) El decreto supremo N° 278, de 1981, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron la concesión y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 146.608, de 07.09.2015, complementado por los ingresos Subtel N° 203.598, de 27.10.2015 y N° 35.869, de 21.03.2016.
b) La resolución exenta N° 27 de 04.01.2017, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que rechazó la oposición interpuesta por la Directiva de la Junta de Vecinos N° 4, Población San Joaquín, Comuna Pedro Aguirre Cerda, se encuentra firme y ejecutoriada.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Celular, cuya titular es la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº 96.799.250-K, con domicilio en Avenida El Salto Nº 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar tres (3) estaciones base.

Las estaciones base se conectarán a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
2. Los plazos máximos se indican a continuación:

3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 15-SEP-2017
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15-SEP-2017 |
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