Decreto 107
Decreto 107 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE ILLAPEL
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE ILLAPEL
Santiago, 14 de junio de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 107.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
f) El decreto supremo Nº 79, de 04.06.2013, que otorgó la concesión y su modificación posterior, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 127.101, de 06.10.2016, complementada mediante ingreso Subtel Nº 5.693, de 12.01.2017;
b) El Informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel Nº 104.452, de 16.08.2016, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley Nº 19.733 de 2001;
c) La resolución exenta Nº 525, de 27.03.2017, que autorizó previamente la transferencia;
d) El instrumento de fecha 03.05.2017;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 60.945, de 10.05.2017; y, en uso de mis atribuciones.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQA-553, para la localidad de Illapel, IV Región, cuyo titular es Ingeniería en Radio y Televisión Lucas González Rivera E.I.R.L., RUT Nº 76.073.904-9, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la Sociedad Radiodifusora Montecarlo Limitada, RUT Nº 79.688.830-K, con domicilio en Avenida Bicentenario Nº 4063, Torre D, Dpto. Nº 22, comuna de Vitacura, Región Metropolitana.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modific aciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 10-AGO-2017
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10-AGO-2017 |
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