Decreto 776 EXENTO
Decreto 776 EXENTO MODIFICA DECRETO DE EDUCACIÓN N° 98 EXENTO, DE 1988, DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA SAN AGUSTÍN DE TALCA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN
MODIFICA DECRETO DE EDUCACIÓN N° 98 EXENTO, DE 1988, DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA SAN AGUSTÍN DE TALCA
Núm. 776 exento.- Santiago, 19 de julio de 2017.
Considerando:
Que el Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca, ha sido creado y organizado en virtud de las normas contenidas en el DFL N° 24, de 1981, mediante decreto exento N° 98, de 6 de mayo de 1988, modificado por decreto exento N° 126, de 23 de marzo de 1994, ambos de Educación, e inscrito en el Registro correspondiente con el N° 171;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo N° 112 del DFL N° 2, de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial de fecha 2 de julio de 2010, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL N° 1, de 2005, se considera de pleno derecho reconocido oficialmente;
Que con fecha 14 de diciembre de 2016 el representante legal de la Sociedad Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca Limitada, RUT 78.245.600-8, organizadora del Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca, informó la fusión de la sociedad organizadora con la Fundación Centro de Formación Técnica San Agustín del Maule, RUT 65.124.731-4, siendo esta última la nueva entidad organizadora de la institución, la cual pasaría a denominarse Centro de Formación Técnica San Agustín, en virtud de lo establecido en la ley N° 20.980 que "Permite la transformación de los Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica en personas jurídicas sin fines de lucro";
Que en los documentos acompañados por la institución, con fecha 14 de diciembre de 2016, se optó por el segundo mecanismo de conversión, regulado en el artículo 1°, inciso 3°, de la ley N° 20.980, conforme al cual las sociedades organizadoras de Centro de Formación Técnica reconocidos oficialmente, autónomos y acreditados "... podrán ser absorbidas por fusión con o en una corporación o fundación de derecho privado, regidas por el Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil. Tal fusión, incluso la que resultare de reunirse todas las acciones o derechos de capital en manos de un único y mismo socio, deberá ser aprobado por la unanimidad de los socios o accionistas de la sociedad que se disuelve, sin perjuicio de los actos que deba llevar adelante la corporación o fundación en o con la que se fusionare aquélla.".
Que dichos documentos para el registro de la nueva persona jurídica sin fines de lucro como continuadora legal de la sociedad organizadora del Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca, corresponden al Acta de la Sesión Extraordinaria de Socios de la Sociedad Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca Limitada, celebrada el 6 de junio de 2016 y en la escritura pública de "Fusión Fundación Centro de Formación Técnica San Agustín del Maule y Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca Limitada", de fecha 13 de diciembre de 2016, en la cual consta el acuerdo de fusión aprobada por la unanimidad de los socios de la sociedad que se disuelve;
Que mediante ord. N° 06/894, de 6 de abril de 2017, de la División de Educación Superior, se formularon observaciones a la reforma de estatutos presentados para la transformación de la persona jurídica organizadora del Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca, otorgando un plazo de 60 días corridos para subsanarlas, desde la fecha en que fueron notificadas las objeciones, cuya respuesta fue recibida con fecha 7 de junio de 2017;
Que con la presentación de la escritura pública de Modificación Fundación Centro de Formación Técnica San Agustín del Maule. Fusión con Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca Limitada. Fusión por incorporación Fundación Centro de Formación Técnica San Agustín del Maule y Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca Limitada, de fecha 6 de junio de 2017, suscrita ante doña Angelita de la Paz Hormazábal Alegría, Notario Público Titular de las comunas de Talca, Maule, Pencahue, San Clemente, Pelarco, San Rafael y Río Claro, ha subsanado las observaciones formuladas por el Ministerio de Educación;
Que la institución ha acompañado Certificado de Vigencia de la Fundación Centro de Formación Técnica San Agustín del Maule, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, de fecha 1 de junio de 2017;
Que revisada la documentación presentada por la institución, ésta ha sido aprobada en tiempo y forma y procede la dictación del acto administrativo correspondiente;
Visto:
Lo dispuesto en el DFL N° 2, de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL N° 1, de 2005; en la ley N° 20.980 del Ministerio de Educación; en el decreto exento N° 98, de 6 de mayo de 1988, modificado por decreto exento N° 126, de 23 de marzo de 1994, ambos de Educación, y en la resolución N° 1.600, de 2008, modificada por resolución N° 10, de 2017, ambas de la Contraloría General de la República.
Decreto:
Artículo 1°: Modifícase el decreto exento N° 98, de 6 de mayo de 1988, modificado por decreto exento N° 126, de 23 de marzo de 1994, ambos de Educación, que autorizó el funcionamiento al Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca, organizado por la Sociedad Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca Limitada, por cambio de razón social y de denominación de la entidad, quedando como a continuación se indica:
Nombre de la Institución : Centro de Formación Técnica
San Agustín.
Organizador : Fundación Centro de
Formación Técnica San
Agustín del Maule.
Representante Legal : Presidente del Directorio.
Artículo 2°: Archívese copia del presente decreto exento conjuntamente con el decreto exento N° 98, de 6 de mayo de 1988, modificado por decreto exento N° 126, de 23 de marzo de 1994, ambos de Educación, que reconoce oficialmente al Centro de Formación Técnica San Agustín de Talca de la ciudad de Talca.
Anótese, regístrese y publíquese en el Diario Oficial con cargo al interesado.- Por orden de la Presidenta de la República, Adriana Delpiano Puelma, Ministra de Educación.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 02-AGO-2017
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02-AGO-2017 |
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