Resolución 8989 EXENTA
Resolución 8989 EXENTA MODIFICA RESOLUCIONES N° 2.822, N° 3.593 Y N° 6.725 EXENTAS, DE 2015, TODAS DE VIVIENDA Y URBANISMO, QUE DISPUSIERON LLAMADOS ESPECIALES PARA LOS DAMNIFICADOS DE MAL TIEMPO DEL MES DE MARZO 2015; CATÁSTROFE DERIVADA DE LA ERUPCIÓN DEL VOLCÁN CALBUCO Y LA CATÁSTROFE DERIVADA DEL SISTEMA FRONTAL DEL MES DE AGOSTO DE 2015, REGULADOS POR EL DS N° 1 DE VIVIENDA Y URBANISMO DE 2011
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA RESOLUCIONES N° 2.822, N° 3.593 Y N° 6.725 EXENTAS, DE 2015, TODAS DE VIVIENDA Y URBANISMO, QUE DISPUSIERON LLAMADOS ESPECIALES PARA LOS DAMNIFICADOS DE MAL TIEMPO DEL MES DE MARZO 2015; CATÁSTROFE DERIVADA DE LA ERUPCIÓN DEL VOLCÁN CALBUCO Y LA CATÁSTROFE DERIVADA DEL SISTEMA FRONTAL DEL MES DE AGOSTO DE 2015, REGULADOS POR EL DS N° 1 DE VIVIENDA Y URBANISMO DE 2011
Santiago, 26 de julio de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 8.989 exenta.
Visto:
El DS N° 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, la resolución exenta N° 2.822 (V. y U.), de fecha 28 de abril de 2015, publicada en el Diario Oficial de 5 de mayo de 2015; la resolución exenta N° 3.593, de fecha 20 de mayo de 2015, publicada en el Diario Oficial de 28 de mayo de 2015 y la resolución exenta N° 6.725, de fecha 3 de septiembre de 2015, publicada en el Diario Oficial de 9 de septiembre de 2015, y
Considerando:
La necesidad de autorizar que los damnificados puedan aplicar el subsidio a la adquisición de una vivienda en cualquier región del país, dicto la siguiente
Resolución:
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 02-AGO-2017
|
02-AGO-2017 |
Comparando Resolución 8989 EXENTA |
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