Decreto 335 EXENTO
Decreto 335 EXENTO MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA WOM S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA WOM S.A.
Santiago, 13 de junio de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 335 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución exenta Nº 1.144, de 2000, modificada por la resolución exenta N° 596, de 2007, ambas de esta Subsecretaría, que fijó la norma técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado.
f) Los decretos supremos N° 63, de 2010, y Nº 64, de 2010, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 133.276, de 21.10.2016.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, otorgadas a la empresa Wom S.A., RUT Nº 78.921.690-8, con domicilio en calle Rosas N° 2451, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una (1) estación base.

La estación base se conectará a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
2. Los plazos máximos se indican a continuación.

3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 28-JUL-2017
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28-JUL-2017 |
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