Resolución 8969 EXENTA
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Resolución 8969 EXENTA
Resolución 8969 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.535 EXENTA (V. Y U.), DE 2017, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS Y APRUEBA PROYECTOS SELECCIONADOS, CORRESPONDIENTE AL MES DE MAYO DEL AÑO 2017
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO
Promulgación: 24-JUL-2017
Publicación: 27-JUL-2017
Versión: Última Versión - 26-AGO-2017
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.535 EXENTA (V. Y U.), DE 2017, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS Y APRUEBA PROYECTOS SELECCIONADOS, CORRESPONDIENTE AL MES DE MAYO DEL AÑO 2017
Santiago, 24 de julio de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 8.969 exenta.
Vistos:
a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta Nº 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2017 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011;
c) La resolución exenta Nº 1.535 (V. y U.), de 2017, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos;
d) La resolución exenta Nº 1.875, (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, y
Considerando:
1. La necesidad de ajustar los recursos dispuestos en el llamado a que se convocó mediante la resolución indicada en el visto c) precedente;
2. Que, mediante la resolución señalada en el visto c) precedente, se llamó a concurso en condiciones especiales, a nivel nacional, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de Postulación Colectiva a proyectos de construcción en Nuevos Terrenos, que obtuvieran su calificación hasta el último día hábil de los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2017, que para este caso corresponde al día 31 de mayo de 2017, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.535 (V. y U.), de 2017, en el sentido de reemplazar su tabla inserta en el resuelvo 2 por la siguiente:

2. Apruébase la nómina de proyectos seleccionados con su respectivo financiamiento total, el cual incluye los servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, en las regiones de Arica, Antofagasta, O'Higgins, Los Lagos y Metropolitana, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se efectuó el día 31 de mayo de 2017, del llamado efectuado por resolución exenta Nº 1.535 (V. y U.), de 2017 y sus modificaciones:

3. Determínanse los recursos comprometidos para los proyectos seleccionados en el resuelvo 2., los cuales se informan en la nómina que se adjunta como anexo y que forma parte integrante de la presente resolución.
4. Asígnase a los proyectos seleccionados en el resuelvo 2. de la presente resolución, por concepto de pago por los Servicios de Asistencia Técnica, por las Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces, los montos expresados en unidades de fomento que se detallan a continuación:

Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, mencionada en el visto d) de la presente resolución: (1) en el caso de la Fiscalización Técnica de Obras, según mecanismo expresado en su artículo 4º número 17; (2) en el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, de acuerdo al número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para Asistencia Técnica Base Serviu y Entidad Patrocinante, y los incrementos por concepto de Densificación en Altura o Habilitación, Factibilización, Territorios Especiales, Discapacidad y Movilidad Reducida, conforme lo define la resolución exenta Nº 1.875, ya citada .
Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras e), g), h), i) y j) del número 3 de su artículo 3º.
5. Los recursos comprometidos en el resuelvo 2. de la presente resolución, para los proyectos seleccionados en el concurso a que se llamó por resolución exenta Nº 1.535 (V. y U.), de 2017, cuyo cierre de postulación se efectuó el día 31 de mayo de 2017, se detallan en el siguiente cuadro para cada región del país, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas, para efectos de cuadratura, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras:

Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Iván Leonhardt Cárdenas, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
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NOTA
El numeral 4° de la Resolución 9965 Exenta, Vivienda, publicada el 26.08.2017, modifica la presente norma en el sentido de reemplazar en la tabla inserta en su Anexo Único, el nombre de su novena columna, de tal modo que donde dice "Monto Mayor de Subsidio por PEDZE", debe decir "Monto Mayor de Subsidio por PEDZE/GORE".
El numeral 4° de la Resolución 9965 Exenta, Vivienda, publicada el 26.08.2017, modifica la presente norma en el sentido de reemplazar en la tabla inserta en su Anexo Único, el nombre de su novena columna, de tal modo que donde dice "Monto Mayor de Subsidio por PEDZE", debe decir "Monto Mayor de Subsidio por PEDZE/GORE".
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 26-AGO-2017
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26-AGO-2017 | |||
Texto Original
De 27-JUL-2017
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27-JUL-2017 | 25-AGO-2017 |
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