Decreto 127
Decreto 127 MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 483, DE 2009, DE EDUCACIÓN, QUE DECLARÓ MONUMENTO HISTÓRICO AL ESTADIO VÍCTOR JARA, EN LA FORMA QUE INDICA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 483, DE 2009, DE EDUCACIÓN, QUE DECLARÓ MONUMENTO HISTÓRICO AL ESTADIO VÍCTOR JARA, EN LA FORMA QUE INDICA
Núm. 127.- Santiago, 19 de junio de 2017.
Considerando:
Que, mediante el decreto supremo Nº 483, de 2009, de esta Secretaría de Estado, se declaró Monumento Histórico al Estadio Víctor Jara, ubicado en el Pasaje Arturo Godoy Nº 2750, de la comuna y provincia de Santiago, Región Metropolitana;
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales, recibió la solicitud de la Sra. Rosa Jiménez, representante legal de la Fundación Víctor Jara, solicitando ampliación del polígono de protección del citado monumento histórico, hacia el pasaje Arturo Godoy y hacia la solera de Unión Latinoamericana en el sector del estacionamiento;
Que, durante el primer período de uso del Estadio Víctor Jara, como recinto de detención en septiembre de 1973, el pasaje Arturo Godoy fue utilizado por la guardia militar que custodiaba los accesos por calles Unión Latinoamericana y Bascuñán Guerrero. Dichos accesos fueron cercados por personal militar que instaló ahí ametralladoras para resguardar el recinto. En ese espacio se efectuaron simulacros de fusilamiento a los prisioneros. Al momento de ser cerrado el recinto en septiembre de 1973, los prisioneros fueron formados en largas filas en este pasaje, a la espera de ser trasladados al Estadio Nacional; en este lugar Víctor Jara y Littré Quiroga fueron separados, llevados al subterráneo del recinto y ejecutados por personal del Ejército;
Que, el muro del estacionamiento fue edificado por los propios prisioneros una vez que el recinto fue abierto como campo de prisioneros, durante el mes de noviembre de 1974;
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales aprobó por unanimidad en su sesión ordinaria de 22 de marzo de 2017, la ampliación del polígono de protección del monumento histórico Estadio Víctor Jara, y
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el decreto supremo Nº 483, de 2009, del Ministerio de Educación; el oficio ordinario Nº 2349, de 23/05/2017, del Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; las actas de Sesión Ordinaria del Consejo de Monumentos Nacionales de 22 de marzo de 2017 (punto 51) y de 26 de abril de 2017 (punto 20); la carta de la Sra. Rosa Jiménez, representante legal de la Fundación Víctor Jara, de 28/11/2016, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República de Chile,
Decreto:
Artículo único.- Modifíquese el inciso segundo del decreto supremo Nº 483, de 2009, del Ministerio de Educación como a continuación se indica:
Él área protegida tiene una superficie de 5.327,25 mts.2, como se grafica en el polígono con las letras A - B - C - D - E - F - G - H - I - J - K - L - A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes:

Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Adriana Delpiano Puelma, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcances el decreto Nº 127, de 2017, del Ministerio de Educación Nº 25.192.- Santiago, 11 de julio de 2017.
Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que modifica el decreto supremo Nº 483, de 2009, del Ministerio de Educación, ampliando el área protegida del monumento histórico "Estadio Víctor Jara", ubicado en la comuna de Santiago, Región Metropolitana, por encontrarse ajustado a derecho.
Ello, en el entendido de que se modifica el inciso segundo del artículo único del aludido decreto Nº 483 de 2009, y no como se indica en el inciso primero del artículo único del documento en estudio.
Finalmente, cabe mencionar que las rectificaciones de lo consignado en el acta de la sesión ordinaria del Consejo de Monumentos Nacionales, de 22 de marzo de 2017, constan en el punto Nº 22 del acta de la sesión ordinaria del mismo ente colegiado, de fecha 26 de abril de 2017, y no en el numeral que se indica en el visto del decreto en análisis.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma.
Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke, Contralor General Subrogante.
A la señora
Ministra de Educación
Presente.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 17-JUL-2017
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17-JUL-2017 |
Comparando Decreto 127 |
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