Decreto 280 EXENTO
Decreto 280 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE COYHAIQUE
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE COYHAIQUE
Santiago, 19 de mayo de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 280 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante, la Ley;
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo N° 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) La resolución exenta N° 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y
g) El decreto supremo N° 5, de 06.01.2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel N° 112.980 de 21.07.2015, complementada por ingresos Subtel N° 267.685 de 14.12.2015, N° 47.574 de 14.04.2016; N° 63.928 de 17.05.2016 y N° 76.180 de 13.06.2016;
b) La solicitud de autorización provisoria de la modificación de la concesión indicada en la letra precedente, ingreso Subtel N° 72.207 de 03.06.2016, complementada por ingreso Subtel N° 76.181 de 13.06.2016, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a ella; y
c) Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Coyhaique, XI Región, señal distintiva XQD-662, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es sociedad Altronix Comunicaciones Limitada, RUT N° 76.181.320-K, con domicilio en Avda. Chesterton N° 7168, dpto. 123, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican.
2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio principal, la planta transmisora, cambiar características técnicas del sistema radiante, incorporar estudio alternativo y radioenlace estudio alternativo-planta, en los términos que a continuación se señalan:
Estudio Principal y Planta Transmisora:
- Dirección : Predio La Paloma, camino Entel Km. 5, Coyhaique, XI
Región.
- Coordenadas Geográficas : 45°34'47'' Latitud Sur; 72°05'45'' Longitud Oeste.
Estudio Alternativo:
- Dirección : Pasaje 3 N° 1538, Pobl. Los Ovejeros, Coyhaique, XI Región.
- Coordenadas Geográficas : 45°35'16'' Latitud Sur; 72°03'27'' Longitud Oeste.
Sistema Radiante:
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antena : Dipolo.
- Ganancia antena : 8,12 dBd.
- N° antenas : 4.
- Altura centro radiación : 27,5 metros.
- Pérdidas (cables, conectores) : 0,35 dB.
- Pérdidas (divisor de potencia) : 0,1 dB.
- Acimut antenas : 130°.
- Diagrama de radiación horizontal, de acuerdo a la siguiente tabla:

Radioenlace Estudio Alternativo - Planta:
- Frecuencia : 302,2 MHz.
- Potencia : 5 W.
- Emisión : 180KF8EHF.
- Tipo antena : Yagi 5 elementos, abertura lóbulo principal de 52°, con
ganancia máxima de 10 dBd. y polarización horizontal.
- Coordenadas Transmisor : 45°35'16'' Latitud Sur; 72°03'27'' Longitud Oeste.
- Coordenadas Receptor : 45°34'47'' Latitud Sur; 72°05'45'' Longitud Oeste.
- Todas las coordenadas en Datum WGS 84.
4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
5. Los plazos serán los que se indican a continuación:
- Inicio de obras : 1 día.
- Término de obras : 10 días.
- Inicio de servicio : 40 días.
Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
6. La resolución exenta N° 1.790, de 01.08.2016, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión, dictada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en virtud de lo expuesto por la interesada en su solicitud indicada en la letra b) de los Considerando, se extinguirá al momento de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
En todo caso, la concesionaria podrá prestar inmediatamente los servicios propios de su modificación de concesión, sólo si a la referida fecha de publicación, la Subsecretaría hubiere recibido conforme las instalaciones y obras correspondientes.
7. La concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado.
8. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto.
9. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones Subrogante.
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Única
De 15-JUL-2017
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15-JUL-2017 |
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