Resolución 197
Resolución 197 Resolución 197 A EXENTA APRUEBA PRESUPUESTO ANUAL DEL PANEL DE EXPERTOS PARA EL AÑO 2018
MINISTERIO DE ENERGÍA; SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA
APRUEBA PRESUPUESTO ANUAL DEL PANEL DE EXPERTOS PARA EL AÑO 2018
Núm.- 197 A exenta.- Santiago, 4 de julio de 2017.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 9 letra h) del DL Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el DFL Nº 4, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL Nº 1, de Minería de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, modificada por la ley Nº 20.936, de 2016; en el decreto supremo Nº 181, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el reglamento del Panel de Expertos establecido en el título VI de la Ley General de Servicios Eléctricos; en los artículos tercero y vigésimo transitorio de la Ley Nº 20.936, que establece un Nuevo Sistema de Transmisión Eléctrica y crea un Organismo Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional; en el artículo 4 de la Ley Nº 20.999, de 2017, que modifica la Ley de Servicios de Gas y otras disposiciones legales que indica; en la resolución exenta Nº 259, de 2017, de la Comisión Nacional de Energía; en el decreto supremo Nº 01 A, del Ministerio de Energía, de 11 de marzo de 2014, que nombra a doña Jimena Jara Quilodrán como Subsecretaria de Energía y en la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
a) Que, el 20 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 20.936, que establece un Nuevo Sistema de Transmisión Eléctrica y crea un Organismo Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, la que introdujo diversas modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos en lo que se refiere al funcionamiento del Panel de Expertos, así como las materias susceptibles de ser sometidas a su dictamen;
b) Que, asimismo, el 9 de febrero de 2017, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 20.999, que modifica la Ley de Servicios de Gas y otras disposiciones legales que indica, la que además de otorgar competencia al Panel de Expertos para conocer de diversas discrepancias que se puedan suscitar en materia de gas, modificó el artículo tercero transitorio de la Ley Nº 20.936, en lo que se refiere al financiamiento del Panel de Expertos correspondiente a los años 2017 y 2018;
c) Que, el artículo tercero transitorio de la Ley Nº 20.936, modificado por la Ley Nº 20.999, establece que el presupuesto del Panel de Expertos para el año 2018, así como el procedimiento para su recaudación y pago, se regirán por lo dispuesto en los artículos 2012 y 2012-13 de la ley, debiendo el Panel de Expertos enviar el presupuesto anual a la Subsecretaria de Energía a más tardar el 30 de junio del corriente, para efectos de ser incorporados en las boletas o facturas emitidas a partir del mes de septiembre de 2017;
d) Que, por su parte la resolución exenta Nº 259, de 24 de mayo de 2017, de la Comisión Nacional de Energía, publicada en el Diario Oficial con fecha 30 de mayo de 2017, estableció los plazos, requisitos y condiciones aplicables al presupuesto del panel de expertos correspondientes al año 2018;
e) Que, en el artículo 4º, de la parte resolutiva de la citada resolución, se establece que la Subsecretaria de Energía deberá aprobar el presupuesto anual del Panel de Expertos correspondiente al año 2018, antes del 31 de julio de 2017, mediante resolución dictada al efecto, la que deberá ser publicada en su sitio web y en el Diario Oficial.
Resuelvo:
I. Apruébase como presupuesto para financiar la operación y administración del Panel de Expertos para el período enero - diciembre del año 2018, la suma de $1.684.107.621.- (un mil seiscientos ochenta y cuatro millones ciento siete mil seiscientos veintiún pesos chilenos) desglosado y explicado como sigue:

II. Publíquese la presente resolución en el sitio web institucional y en el Diario Oficial de conformidad a lo establecido en la resolución exenta Nº 259, de 2017, de la Comisión Nacional de Energía.
III. Remítase la presente resolución a la Comisión Nacional de Energía dentro de los cinco días siguientes a su dictación, para efectos de la fijación del cargo por servicio público al que se refiere el artículo 212-13 de la Ley General de Servicios Eléctricos, ya singularizada.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 07-JUL-2017
|
07-JUL-2017 |
|
Comparando Resolución 197 | Resolución 197 A EXENTA |
Loading...