Decreto 47
Decreto 47 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE TIRÚA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE TIRÚA
Santiago, 13 de marzo de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 47.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
f) El decreto supremo Nº 64, de 30.04.2013, que otorgó la concesión, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 103.178, de 11.08.2016, complementada mediante ingreso Subtel Nº 120.858, de 22.09.2016;
b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel Nº 108.389, de 24.08.2016, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley Nº 19.733, de 2001;
c) La resolución exenta Nº 2.335, de 26.10.2016, que autorizó previamente la transferencia;
d) El instrumento privado de fecha 14.11.2016;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Seremitt Nº 11-31, de 28.11.2016, ingreso Subtel Nº 148.105, de 01.12.2016; y, en uso de mis atribuciones.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQC-577, para la localidad de Tirúa, VIII Región, cuyo titular es Broadcasting y Telecomunicaciones Limitada, RUT Nº 77.357.500-2, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es Emisiones Nancy Marisol Díaz Reyes E.I.R.L., RUT Nº 76.490.266-1, con domicilio en calle Imperial Nº 1235 B, comuna de Los Sauces, IX Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, Reglamentos, Normas Técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 31-MAY-2017
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31-MAY-2017 |
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