Resolución 6659 EXENTA
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Resolución 6659 EXENTA
Resolución 6659 EXENTA APRUEBA SEXTA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN EL PROYECTO DE INTEGRACIÓN SOCIAL "CONDOMINIO SAN RAFAEL" DE LAMPA (BATUCO), CORRESPONDIENTE AL PRIMER LLAMADO A CONCURSO AÑO 2013 EN CONDICIONES ESPECIALES, DEL DS N° 1 (V. Y U.), DE 2011
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO; SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO
APRUEBA SEXTA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN EL PROYECTO DE INTEGRACIÓN SOCIAL "CONDOMINIO SAN RAFAEL" DE LAMPA (BATUCO), CORRESPONDIENTE AL PRIMER LLAMADO A CONCURSO AÑO 2013 EN CONDICIONES ESPECIALES, DEL DS N° 1 (V. Y U.), DE 2011
Santiago, 23 de mayo de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 6.659 exenta.
Visto:
a) El DS N° 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional;
b) La resolución exenta N° 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de subsidios habitacionales durante el año 2017, entre otros, a través del programa regulado por el DS N° 1 (V. y U.), de 2011;
c) La resolución exenta N° 681 (V. y U.), de fecha 31 de enero de 2013, publicada en Diario Oficial de fecha 7 de febrero de 2013, y sus modificaciones, que llama al Primer Concurso año 2013 en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, para Proyectos de Integración Social;
d) La resolución exenta N° 6.924 (V. y U.), de fecha 23 de octubre de 2014, publicada en Diario Oficial de fecha 28 de octubre de 2014, y sus modificaciones, en especial lo dispuesto en su resuelvo 20.; que llama al Segundo Concurso año 2014 en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, para Proyectos de Integración Social;
e) La resolución exenta N° 791 (V. y U.), de fecha 6 de febrero de 2015, publicada en Diario Oficial de fecha 11 de febrero de 2015, que aprueba proyecto seleccionado en el Primer Llamado a Concurso año 2013 en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, para Proyectos de Integración Social;
f) La resolución exenta N° 9.754 (V. y U.), de fecha 15 de diciembre de 2015, publicada en Diario Oficial de fecha 21 de diciembre de 2015, que aprueba nóminas de postulantes seleccionados del Primer Llamado a Concurso año 2013 en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, para Proyectos de Integración Social;
g) La resolución exenta N° 3.191 (V. y U.), de fecha 19 de mayo de 2016, publicada en Diario Oficial de fecha 24 de mayo de 2016, que aprueba segunda nómina de postulantes seleccionados del Primer Llamado a Concurso año 2013 en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales, en la alternativa de postulación colectiva con proyecto habitacional, para Proyectos de Integración Social;
h) La resolución exenta N° 5.348 (V. y U.), de fecha 19 de agosto de 2016, publicada en Diario Oficial de fecha 25 de agosto de 2016, que aprueba tercera nómina de postulantes seleccionados en el Proyecto de Integración Social "Condominio San Rafael" de Lampa (Batuco), correspondiente al Primer Llamado a Concurso año 2013 en condiciones especiales, del DS N° 1 (V. y U.), de 2011;
i) La resolución exenta N° 7.102 (V. y U.), de fecha 2 de noviembre de 2016, publicada en Diario Oficial de fecha 8 de noviembre de 2016, que aprueba cuarta nómina de postulantes seleccionados en el Proyecto de Integración Social "Condominio San Rafael" de Lampa (Batuco), correspondiente al Primer Llamado a Concurso año 2013 en condiciones especiales, del DS N° 1 (V. y U.), de 2011;
j) La resolución exenta N° 8.062 (V. y U.), de fecha 19 de diciembre de 2016, publicada en Diario Oficial de fecha 22 de diciembre de 2016, que aprueba quinta nómina de postulantes seleccionados en el Proyecto de Integración Social "Condominio San Rafael" de Lampa (Batuco), correspondiente al Primer Llamado a Concurso año 2013 en condiciones especiales, del DS N° 1 (V. y U.), de 2011, y
Considerando:
a) Que por el número 1º de la resolución exenta Nº 681 (V. y U.), de 2013, y sus modificaciones, se llamó al Primer Concurso año 2013 en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales para Proyectos de Integración Social, conforme a las disposiciones del DS Nº 1 (V. y U.), de 2011.
b) Que por el número 1° de la resolución exenta N° 791 (V. y U.), de 2015, se aprobó y se seleccionó como Proyecto de Integración Social en el Primer Llamado a Concurso año 2013, dispuesto por la resolución exenta N° 681 (V. y U.), de 2013, y sus modificaciones, el proyecto que a continuación se individualiza:

c) Que la entidad patrocinante ha presentado al SERVIU Región Metropolitana, una sexta nómina de postulantes de acuerdo a las condiciones y plazos establecidos en el número 20. de la resolución exenta N° 6.924 (V. y U.), de 2014, y sus modificaciones, todo lo cual ha sido validado por ese Servicio, dicto la siguiente,
Resolución:
1° Apruébese la sexta nómina de postulantes seleccionados correspondiente al proyecto singularizado en el Considerando b) de la presente resolución, correspondiente al Llamado dispuesto en el número 1° de la resolución exenta N° 681 (V. y U.), de 2013, y sus modificaciones, nómina que se entenderá forma parte integrante de esta resolución, y fíjese el número de postulantes seleccionados según se indica en la siguiente tabla:

2° Fíjase el monto de recursos comprometidos que se destinarán al financiamiento del subsidio directo para la atención de los postulantes seleccionados, según se indica en la siguiente tabla:

3° Los recursos para el financiamiento del subsidio directo, destinados a la atención de postulantes seleccionados a que se refiere el número 1° de esta resolución, se imputarán a los recursos autorizados en el año 2017 para el D.S. N° 1 (V. y U.), de 2011.
4° Para la aplicación de los subsidios, cuyos montos se establecen en la presente resolución, deberá determinarse el valor real de pago conforme a lo establecido en el número 4° de la resolución exenta N° 681 (V. y U.), de 2013, y sus modificaciones; considerando también las condiciones adicionales dispuestas por la resolución exenta N° 6.924 (V. y U.), de 2014, y sus modificaciones, según corresponda.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 29-MAY-2017
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29-MAY-2017 |
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