Resolución 595 EXENTA
Resolución 595 EXENTA DESIGNA SUJETOS PASIVOS DE LA LEY Nº 20.730 QUE "REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS"
MINISTERIO DE MINERÍA; COMISIÓN CHILENA DEL COBRE
DESIGNA SUJETOS PASIVOS DE LA LEY Nº 20.730 QUE "REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS"
Núm. 595 exenta.- Santiago, 2 de mayo de 2017.
Visto:
1º Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fuera fijado por el DFL Nº 1/19.653 (Segpres), de 2000;
2º La Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
3º Lo preceptuado en los artículos 5º, letras d) y g), 6º y 12 del DL Nº 1.349, de 1976, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1, del Ministerio de Minería, de 1987, y sus modificaciones posteriores;
4º La Ley Nº 20.730 que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios, y su Reglamento contenido en el DS Nº 71, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2014, y
5º El DS Nº 94, del Ministerio de Minería, de 2014.
Teniendo presente:
1º Que conforme a lo señalado en el artículo 3º de la ley Nº 20.730, tienen la calidad de sujetos pasivos y se encuentran sometidos al cumplimiento de esta ley, las autoridades que en dicha norma se indican; y aquellas personas que en razón de su función o cargo, tengan atribuciones de carácter decisorio relevantes o influyan decisivamente en quienes gocen de dichas atribuciones y reciban por ello regularmente una remuneración, y
2º Que según lo dispone el referido artículo 3º de la Ley, el Jefe Superior del Servicio debe proceder anualmente a individualizar a las personas que se encuentren en dicha calidad, mediante una resolución que deberá publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos indicados en su artículo 9º.
Resuelvo:
Desígnase en calidad de sujetos pasivos de la ley Nº 20.730, a los siguientes funcionarios de la Comisión Chilena del Cobre, en razón del cargo y responsabilidad que en cada caso se indica, y a quienes los subrogan, cuando ejerzan dicha función, a saber:

Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 13-MAY-2017
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13-MAY-2017 |
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