Decreto 35
Decreto 35 OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA MOTOROLA SOLUTIONS CHILE S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA MOTOROLA SOLUTIONS CHILE S.A.
Santiago, 10 de febrero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 35.
Vistos:
a) El decreto Ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de toma de razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) Resolución exenta N° 517, de 2001, de esta Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Uso de la Banda de Frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 69.672 de 28.04.2015, complementada por ingreso Subtel N° 132.435, de 17.08.2015, N° 57.144, de 04.05.2016 y N° 86.588, de 07.07.2016.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, a la empresa Motorola Solutions Chile S.A., RUT Nº 96.682.430-1, con domicilio en Avenida Nueva Tajamar N° 481, oficina N° 1702, Torre Norte, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
2. Instalar, operar y explotar 3 radioenlaces punto a punto, cuyas características se indican a continuación:

3. Instalar, operar y explotar 21 radioenlaces punto a punto, cuyas características se indican a continuación:

Los medios de transmisión y/o conmutación podrán ser propios o de terceros debidamente autorizados.
4. La zona de servicio de la concesión corresponderá a las regiones del Maule, del Bio Bio, de la Araucanía y de Los Ríos.
5. Las concesionarias de Telecomunicaciones que utilicen la banda 5.725 - 5.850 MHz, la compartirán sin reclamar protección contra interferencia que produzcan otros usuarios de esta banda, debidamente autorizados, y las aplicaciones industriales, científicas y médicas. Además, no deberán causar interferencias a los equipos de cobro electrónico automático de peaje que operan en dicha banda, los que tendrán prioridad independientemente de la fecha de su instalación. Por lo tanto, quien provoque interferencias al sistema de cobro electrónico automático de peaje, deberá suspender inmediatamente sus transmisiones hasta subsanar dicha situación, informando a la Subsecretaría.
6. En caso de eventuales interferencias entre equipos de radiocomunicación autorizados, las respectivas concesionarias deberán coordinarse, directamente entre ellas, para efectos de eliminarlas, informando del resultado a la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

Los plazos serán los que se indican a continuación.

7. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
8. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Ricardo Hernández Díaz, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 04-MAY-2017
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04-MAY-2017 |
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