Decreto 55 EXENTO
Decreto 55 EXENTO OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN COMUNITARIA CIUDADANA PARA LA COMUNA DE TEMUCO
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 18-ENE-2017
Publicación: 25-ABR-2017
Versión: Única - 25-ABR-2017
OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN COMUNITARIA CIUDADANA PARA LA COMUNA DE TEMUCO
Santiago, 18 de enero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 55 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La Ley Nº 20.433, Crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana y sus modificaciones;
d) El decreto supremo Nº 122, de 2011, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 20.433;
e) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
f) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
g) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;
h) La resolución exenta Nº 479, de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que Fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora;
i) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
j) La resolución exenta Nº 3.820, de 21.10.2014, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2014.
Considerando:
a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 40.959, de 15.09.2014;
b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Seremitt IX Región, Nº 10.720, de 03.12.2014, ingreso Subtel Nº 142.442, de 05.12.2014;
c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante los memorándum Nº 34/C, de 23.02.2015 y Nº 98/C, de 22.07.2015, complementado por memorándum Nº 165/C, de 15.09.2015;
d) Lo dispuesto en el inciso 6º del artículo 13ºA de la ley;
e) La resolución exenta Nº 5.381, de 29.09.2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de concesiones de radiodifusión Comunitaria Ciudadana;
f) El acta que da cuenta de lo obrado en el sorteo realizado el 11.11.2015.
g) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum Nº 242/C, de 17.11.2015;
h) La resolución exenta Nº 712, de 08.03.2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión comunitaria ciudadana, para la comuna de Temuco, IX Región, a Agrupación Deportiva y Recreativa Vida Sana en Labranza;
Decreto:
1.- Otórgase una concesión de radiodifusión comunitaria ciudadana, para la comuna de Temuco, IX Región, a Agrupación Deportiva y Recreativa Vida Sana en Labranza, RUT Nº 65.092.085-6, con domicilio en Las Azaleas Nº 1051, Altos de Labranza, comuna de Temuco, IX Región, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión comunitaria ciudadana, señal distintiva XQL-118, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN
- Tipo de servicio : Radiodifusión Comunitaria Ciudadana.
- Zona de servicio : Comuna de Temuco, IX Región.
Superficie delimitada por una intensidad de campo
mayor o igual que 74 dB (µV/m), referida al punto
de emisión de la señal.
-Período de la concesión : 10 años.
- Plazo inicio de obras : 5 días.
- Plazo término de obras : 30 días.
- Plazo inicio de transmisiones : 60 días.
- Potencia máxima radiada : 25 W.
- Frecuencia : 107,5 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión : 180KF8EHF
- Desviación máxima : ±75 kHz
- Diagrama de Radiación : Omnidireccional.
- Ganancia : 0 dBd de ganancia máxima.
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antenas : Dipolo de media onda.
- Nº Antenas : 1.
- Altura del centro de radiación : 18 m.
- Pérdidas en cables, conectores y otros : 0,6 dB.
- Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:

4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado.
7.- En virtud de lo dispuesto en los artículos 13º y 14º de la ley Nº 20.433, la concesionaria podrá difundir menciones comerciales, para lo cual deberá estar inscrita en el registro especial creado al efecto por la Subsecretaría, en cuyo caso se encontrará afecta al pago de derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico.
8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
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