Decreto 64 EXENTO
Decreto 64 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A PACÍFICO CABLE SPA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 19-ENE-2017
Publicación: 11-FEB-2017
Versión: Única - 11-FEB-2017
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A PACÍFICO CABLE SPA
Santiago, 19 de enero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 64 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución exenta Nº 1.558, de 2008, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz. y sus modificaciones posteriores.
f) El decreto supremo Nº 130, de 2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 26.615 de 29.02.2016, complementado por ingreso Subtel Nº 93.582 de 22.07.2016.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, cuyo titular es la empresa Pacífico Cable SpA, RUT Nº 96.722.400-6, con domicilio en calle Tucapel Nº 2827, Valle Escondido de Paicaví, comuna de Concepción, Región del Biobío, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1.- Instalar, operar y explotar cuatro (4) sistemas punto a multipunto en la Banda de 5,4 GHz, cuyas características se indican a continuación:


La conexión entre el Nodo Concepción de Pacífico Cable SpA, autorizado por decreto exento Nº 748 de 2014, ubicado en calle Tucapel Nº 2827, comuna de Concepción, y las cuatro estaciones base de acceso indicadas anteriormente, se realizará mediante un cable de fibra óptica.
Las conexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
2.- Autorízase la ampliación de la zona de servicio de la concesión a las comunas de Concepción y Quirihue, Región del Biobío. En caso de eventuales interferencias entre equipos de radiocomunicación autorizados, las respectivas concesionarias deberán coordinarse directamente entre ellas, para efectos de eliminarlas, informando del resultado a la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3.- Los plazos máximos se indican a continuación:

4.- Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
5.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
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