Decreto 162
Decreto 162 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE DALCAHUE
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE DALCAHUE
Santiago, 14 de septiembre de 2016.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm.162.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo N° 126 de 1997, modificado por decreto supremo N° 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y
f) El decreto supremo N° 178 de 06.04.2000, que otorgó la concesión, publicado en el Diario Oficial de 31.05.2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel N° 39.423 de 29.03.2016, complementada mediante ingreso Subtel N° 55.208 de 29.04.2016;
b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel N° 51.600 de 22.04.2016, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley N° 19.733 de 2001;
c) La resolución exenta N° 1.527 de 28.06.2016, que autorizó previamente la transferencia;
d) El instrumento privado de fecha 05.07.2016;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel N° 90.572 de 15.07.2016; y, en uso de mis atribuciones.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQD-348, para la localidad de Dalcahue, X Región, cuyo titular es la Sociedad de Comunicaciones Álvarez y Muñoz Limitada, Rut N° 77.280.450-4, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la Sociedad Comunicaciones C y P Limitada, RUT Nº 76.302.592-6, con domicilio en Centenario N° 493, comuna de Chonchi, X Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 16-DIC-2016
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16-DIC-2016 |
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