Decreto 278
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Decreto 278
Decreto 278 DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE ZONA TÍPICA O PINTORESCA AL "ENTORNO DEL MONUMENTO HISTÓRICO DE LA IGLESIA NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE CHELÍN", UBICADO EN LA ISLA DE CHELÍN, COMUNA DE CASTRO, PROVINCIA DE CHILOÉ, REGIÓN DE LOS LAGOS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 03-OCT-2016
Publicación: 04-NOV-2016
Versión: Única - 04-NOV-2016
DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE ZONA TÍPICA O PINTORESCA AL "ENTORNO DEL MONUMENTO HISTÓRICO DE LA IGLESIA NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE CHELÍN", UBICADO EN LA ISLA DE CHELÍN, COMUNA DE CASTRO, PROVINCIA DE CHILOÉ, REGIÓN DE LOS LAGOS
Núm. 278.- Santiago, 3 de octubre de 2016.
Considerando:
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales, recibió la solicitud de la comunidad de Chelín, para declarar como monumento nacional en la categoría de zona típica o pintoresca al "Entorno del monumento histórico de la Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Chelín", ubicado en la isla de Chelín, comuna de Castro, provincia de Chiloé, Región de Los Lagos;
Que, la Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Chelín, fue declarada monumento histórico, mediante el decreto exento N° 508, de 13 de noviembre de 2000, de esta Secretaría de Estado, se encuentra localizada en el extremo sur de la isla de Chelín, ubicada en el área oriental del mar interior de Chiloé;
Que, la localidad de Chelín se remonta al año 1734, cuando según los registros parroquiales se hablaba de Chelín como un "pueblo de indios con capilla". La actual iglesia tiene una data aproximada del año 1888. Así como las otras iglesias de la llamada Escuela Chilota de Arquitectura Religiosa en madera, la Iglesia de Chelín ha sido restaurada por la comunidad registrándose la última intervención de consolidación de la torre hace aproximadamente 30 años; Que, los atributos que se identifican en el conjunto radican en la condición de poblado rural que surge en torno a la iglesia, en el que se conservan los espacios ceremoniales característicos de la misión circular, así como los atributos paisajísticos que en este caso son de alta importancia, dadas sus condiciones geográficas;
Que, los elementos de valor como entorno del monumento histórico Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Chelín son:
A) La explanada: espacio tradicional de procesión religiosa y encuentro comunitario que enfrenta a la iglesia, condición que se repite en la mayoría de los 16 templos que forman parte del sitio inscrito en la Lista de Patrimonio Mundial.
B) El cementerio: espacio ceremonial que mantiene vigentes las características de la cultura funeraria chilota tradicional, destacándose el uso de la madera y las pequeñas casitas que albergan a los difuntos. Se encuentra emplazado en la ladera de un cerro, en la parte posterior de la iglesia, encontrándose ambos espacios íntimamente relacionados.
C) El camino y arboleda: límite visual del entorno del poblado, reconocido por la comunidad como la vía histórica de comunicación con los sectores más aislados y el poblado ubicado al norte de la isla.
D) La gruta - mirador: espacio de mayor altura del poblado, consagrado al culto de la Virgen del Carmen. Además de su valor devocional, este lugar permite apreciar una visual panorámica del contexto de la Iglesia, donde se destaca el paisaje del archipiélago y la Cordillera de los Andes al oriente.
E) El entorno costero: en contacto directo con la iglesia y su explanada de acceso, condición recurrente en todas las iglesias que nacen de la Misión Circular.
F) La rampa y refugio para la navegación: lugar de acceso histórico a la isla.
G) Tipología de viviendas rurales: la densidad, la escala, la materialidad y los sistemas constructivos de las viviendas rurales y su disposición en un conjunto de construcciones pensadas para la agricultura de subsistencia que le dan el carácter de poblado rural al conjunto.
Que, para la definición de los límites de la zona típica a declarar se efectuó un análisis en terreno con un recorrido terrestre y marítimo, considerando los límites visuales de posicionamiento del templo, incluyendo la plaza, el poblado y el paisaje natural, tanto de los lomajes, como del borde costero que circundan la iglesia;
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales, en su sesión ordinaria de 13 de enero de 2016, aprobó por unanimidad la declaratoria como Monumento Nacional en la categoría de Zona Típica o Pintoresca y fijó los límites para el entorno de la Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Chelín, y
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la ley N° 17.288; el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el decreto exento N° 222, de 1999, del Ministerio de Educación; el oficio Ord. N° 1.590 de 09/05/2016, del Vicepresidente Ejecutivo (S) del Consejo de Monumentos Nacionales; el Acta de la Sesión Ordinaria de 13 de enero de 2016 (punto 9); la carta de la comunidad de Chelín de enero de 2016 y firmas de apoyo; la carta de apoyo del Sr. Cristián Larrere de 11/01/2016 y la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República de Chile,
Decreto:
Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Zona Típica o Pintoresca al "Entorno del monumento histórico de la Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Chelín", ubicado en la isla de Chelín, comuna de Castro, provincia de Chiloé, Región de Los Lagos.
El área protegida del polígono 1 - 2 - 3 - 4 - 5 - 1 de la Zona Típica, tiene una superficie aproximada total de 388.842,03 mts2, como se grafica en el plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes:

Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Adriana Delpiano Puelma, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance el decreto N° 278, de 2016, del Ministerio de Educación
N° 78.842.- Santiago, 26 de octubre de 2016.
Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que declara monumento nacional en la categoría de zona típica o pintoresca al "Entorno del Monumento Histórico de la Iglesia Nuestra Señora del Rosario de Chelín" de la comuna de Castro, provincia de Chiloé, Región de Los Lagos, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que el decreto exento N° 222, de 1999, de ese Ministerio, citado en vistos, declara como monumento histórico el conjunto de iglesias que indica, distintas a la que se refiere el acto en estudio.
Además, esa Secretaría de Estado, en lo sucesivo, deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados (aplica dictamen N° 49.256, de 2016).
Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado necesario señalar que la transcripción que realiza la Subsecretaria de Educación, debe consignarse solo en las copias del acto administrativo, certificando su autenticidad como ministro de fe, pero no en el original del mismo, como acontece en la especie (aplica criterio contenido en los dictámenes Nos 79.088, de 1972 y 22.821, de 2013).
Con los alcances que anteceden, se ha dado curso al decreto del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
A la señora
Ministra de Educación
Presente.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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