Decreto 107
Decreto 107 OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TELECOMUNICACIONES FRANCISCO JAVIER PÉREZ MAMANI E.I.R.L.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 01-JUL-2016
Publicación: 06-SEP-2016
Versión: Única - 06-SEP-2016
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TELECOMUNICACIONES FRANCISCO JAVIER PÉREZ MAMANI E.I.R.L.
Santiago, 1 de julio de 2016.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 107.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) Resolución exenta Nº 746 de 2004, que fija la norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 2.400 - 2.483,5 MHz, y sus modificaciones posteriores.
f) Resolución exenta Nº 517 de 2001, de esta Subsecretaría, que fija norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 187.598 de 16.10.2015, complementado mediante ingreso Subtel Nº 7.149 de 18.01.2016.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión,
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Telecomunicaciones Francisco Javier Pérez Mamani E.I.R.L., RUT Nº 76.427.304-4, con domicilio en Avenida Las Parcelas Nº 4014, Casa A7, comuna de Alto Hospicio, Región de Tarapacá, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para:
1.1 Instalar, operar y explotar estaciones punto a multipunto, cuyas características se indicana continuación:

Los medios de transmisión y/o conmutación podrán ser propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.
2. Los plazos serán los que se indican a continuación:

La zona de servicio de la concesión corresponderá a la comuna de Alto Hospicio, I Región.
3. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
4. Las concesionarias que utilicen la banda 5.725 - 5.850 MHz, la compartirán sin reclamar protección contra interferencia que produzcan otros usuarios de esta banda, debidamente autorizados, y las aplicaciones industriales, científicas y médicas.
5. Las transmisiones de los equipos de radiocomunicaciones autorizados en el presente decreto supremo, no deben causar interferencia a los equipos de cobro electrónico automático de peaje que operan en la banda de 5.795 - 5.815 MHz, los que tendrán prioridad independientemente de la fecha de instalación. Por lo tanto, quien provoque interferencias al sistema de cobro electrónico automático de peaje, deberá suspender inmediatamente sus transmisiones hasta subsanar dicha situación, informando a la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
6. En caso de eventuales interferencias entre equipos de radiocomunicación autorizados, las respectivas concesionarias deberán coordinarse, directamente entre ellas, para efectos de eliminarlas, informando del resultado a la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
7. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
8. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
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