Decreto 291 EXENTO
Decreto 291 EXENTO DETERMINA NÚMERO DE SEMANAS PARA EL CÁLCULO DEL PRECIO DE PARIDAD DE IMPORTACIÓN DE LA GASOLINA AUTOMOTRIZ DE ACUERDO A LA LEY N° 20.765
MINISTERIO DE HACIENDA
DETERMINA NÚMERO DE SEMANAS PARA EL CÁLCULO DEL PRECIO DE PARIDAD DE IMPORTACIÓN DE LA GASOLINA AUTOMOTRIZ DE ACUERDO A LA LEY N° 20.765
Núm. 291 exento.- Santiago, 29 de agosto de 2016.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32 número 6° de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley N° 7.912, del Ministerio del Interior, de 1927, Ley Orgánica de Ministerios; en el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente"; en la ley N° 18.502, que establece Impuestos a Combustibles que señala; lo dispuesto en los incisos séptimo y noveno del artículo 2° de la ley N° 20.765, que creó el mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles; el decreto N° 1.119, de Hacienda, de 2014, que aprueba el Reglamento de la ley N° 20.765; el oficio Ord. N° 385, de 26 de agosto de 2016, de la Comisión Nacional de Energía, y la resolución N° 1.600, de la Contraloría General de la República, de 2008, y demás facultades de las cuales estoy investido, y
Considerando:
Que, la necesidad de determinar el número de semanas para el cálculo del precio de paridad de importación de la gasolina automotriz de conformidad a los incisos séptimo y noveno del artículo 2° de la ley N° 20.765 y su Reglamento, dicto el siguiente
Decreto:
Determínase, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2°, incisos séptimo y noveno, de la ley N° 20.765, que el número de semanas para calcular el precio de paridad de importación para la gasolina automotriz será de una semana para los precios que se establezcan, al menos durante las próximas cuatro semanas, a partir del día jueves 1 de septiembre de 2016.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 01-SEP-2016
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01-SEP-2016 |
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